Audiencias - Año 2023 - Álvaro Rojas - Audiencia AP010AW1291705

Información General
Identificador AP010AW1291705
Fecha 2023-03-16 10:10:00
Forma Videoconferencia
Lugar TEAMS
Duración 0 horas, 50 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Alex Cofre Ramos Gestor de intereses COFRE INMOBILIARIA LTDA.
Waldo Cofré Gestor de intereses SOC COFRE Y CIA LTDA PROCAS LTDA
CONSTANZA RIQUELME Gestor de intereses COFRE INMOBILIARIA LTDA
Materias tratadas
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento.
Especificación materia tratada
Ord. N° 002 del 24.02.2023 Empresa Constructora Inardi a Serviu Región del Biobio (a Jefe Depto. técnico). Solicita cierre administrativo y pago final proyecto DS49 CSP denominado "15-A CENTRO SUR" Comuna Chiguayante, 11 viv, de las cuales 9 cuentan con recepción Dom y dos restantes no, por motivos ajenos a las empresas y a Serviu.

Se encuentran perjudicados ya que esta obra se ejecutó en periodo de pandemia y están todas las casas terminas, las cuales se habitaron en forma prematura.
Respecto de los dos casos complicados cuando se ingresaron a la DOM para pedir la recepción y el municipio se tomó alrededor de 2 años en responder y además lo hicieron con observaciones, indicando que el propietario había realizado una obra ilegal, como una segunda vivienda por sobre la casa construida, la única solución seria demoler y por ende no cumplen la norma urbanística. Por lo tanto, no se puede recepcionar y no se puede cerrar el comité porque no puede firmar la prohibición de enajenar por 5 años.
El otro caso es que el Sr. Pedro Vera, propietario del terreno, falleció y dejo 10 herederos, uno de ellos es interdicto y no tiene a alguien que lo represente para firmar, por lo tanto, no puede la escritura pública ni la prohibición de enajenar durante 5 años.
Lo anterior escapa a lo que puede hacer la EP y Constructora.
Entendemos que es de sentido común, aunque no es lo que proceder, que la persona haga uso y goce de la vivienda y no permitir que sigan viviendo en forma precaria si estas viviendas ya están listas, el caso es que la constructora corre el riesgo, como el que se ven enfrentados hoy.
Jurídico explica, en el caso de los herederos son los continuadores de una persona fallecida y se deben hacer gestiones para lograr que los causa habiente puedan obtener la firma.
La empresa explica que los tiempos que se demoren en regularizar lo de la persona interdicta, perjudica los plazos de la constructora. Ya que deben otorgarle un representante legal y eso se demora alrededor de 8 meses.
Como esto es CSP la sucesión pasa a ser dueña, el problema es la prohibición, el permiso de edificación, entre otros, pero aún no está declarado interdicto.
Se les indica que pueden pedir un curador general, específico para este caso, lo cual podría reducir los plazos.
Es importante saber cuándo falleció el propietario, porque si fue hace meses, esta situación podría haberse tratado antes por la constructora.
Pero señalan que esta situación exploto al final, ya que el mutuo no opera con primeras prohibiciones, sólo la última que es la de los 5 años.
Señalan que en el caso de Pedro Vera están todos los herederos dispuestos a firmar.
Se les dice que deben ingresar un documento que demuestre que están realizando las gestiones para resolver el tema.
Como hay un caso insalvable sugiere Alex Cofre que el SERVIU comience el cierre del comité.
Se les cuestiona que no hubo un resguardo de la obra como indica el contrato.
Como estábamos en pandemia la gente habito rápidamente la vivienda y la DOM se demoró en entregar respuesta respecto de la recepción.
Se les recalca que la constructora, bajo su riesgo, le permite, seguramente de buena fe, habitar la casa.
Deben indicar si esta vivienda fue tomada a la fuerza por el beneficiario o con un documento de autorización de la constructora para que habitara, lo cual no implica que no puedan replicar, es decir construir un argumento que le permita al SERVIU concluir que la constructora hizo todas las acciones que correspondían, las cuales no pudieron llegar a puerto.
Se ha logrado concluir administrativamente en otros casos, porque se fundamentó correctamente que fue imposible.
Joseling Caro les recuerda que en el contrato indica que debía existir un vigilante hasta la entrega formal de la vivienda.
Lo cierto es que, el contrato no se cumplió y deben explicar el contexto de por qué no se pudo cumplir.
Solicitan una recepción parcial de las 9 viviendas que están listas, la cual ya está solicitada formalmente en carta.
La carta se revisa y no indica solicitud de recepción parcial, por lo que se les sugiere darse el tiempo para realizar una buena presentación.

ASISTENTES SERVIU: Alvaro Rojas M, Tania Villavicencio G, Edgardo Aguayo, Joseling Caro, Claudio Barria