• en el año 2020 postule al serviu al subsidio DS1 atraves de una INMOBILIARIA ISIETE, que se acoge al programa de integracion social donde fui beneficiario del subsidio DS1 , en el cual transitarias atraves de la inmobiliaria al DS19 de integracion social luego de tres años el problema se presenta una vez que la inmobiliaria adquiere la recepcion definitiva y pide al SERVIU autorizar la transicion al DS19 en el cual SERVIU hace una anotacion y no autoriza dicho beneficio , en la cual argumenta que en la ficha de protection social a la cual pertenezco ahí una persona que cuenta con propiedad la.cual no tiene ingerencia en mi ya que no soy CASADO con dicha integrate de la ficha ya que solo se presento porque en ese instante eran integrates de la propiedad que yo habitaba, y así demostrar el acinamiento como se requeria para postular al beneficio DS1 el cual obtuve con dicho ficha y luego para transitar al DS19 se requeria solo postular con el NUCLEO FAMILIAR con el.cual yo habitaria dicha propiedad junto a mis DOS hijos que presente en el NUCLEO FAMILIAR .
Ahora SERVIU argumenta que dicha forma de postulacion cambio y ya no solo se ve el NUCLEO FAMILIAR declarado si no que ahora se rige por la ficha de proteccion social., Si alguien mas tiene propiedad y aunque no sea Casado con el postulante este lo anula y no tiene derecho al beneficio DS19 y incluso ya obtenido el DS1, lo cual ya es ilogico si ya obtube el beneficio. |