Audiencias - Año 2022 - Roberto Araya Andaur - Audiencia AP007AW1111218
Información General
Identificador | AP007AW1111218 |
Fecha | 2022-05-10 16:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | videoconferencia |
Duración | 0 horas, 45 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
---|---|---|---|
Rodolfo Hazbun | Gestor de intereses | Naccif Sedan | |
Naciff Ivan Sedán Santilli | Gestor de intereses | Naccif Sedan | |
Juan Reyes Orozco | Gestor de intereses | Naccif Sedan |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
Especificación materia tratada
MATERIAS TRATADAS: • Presentación de terreno ubicado en Gral. San Martín, esquina de Esmeralda de la comuna de Colina. • Terreno ubicado en zona urbana. • Densidad 75 hab/ha. • 11 há aprox. • 50% superficie corresponde a zona parque. • Sup. Útil: 5 há (confirmar) • Sr. Juan Carlos Reyes reitera la solicitud de compra del terreno, con el fin de aplicar artículo 50 y modificar la norma para hacerlo viable o la presentación de un proyecto por parte de Serviu para trabajar en conjunto con el municipio en una modificación seccional que incorpore el terreno. • Se indica que Serviu no está adquiriendo terrenos que requieran modificación normativa y que, en el caso de comprar algún paño, este no puede tener familias asociadas. • Propietarios y corredor indican que no hay familias asociadas • Con respecto al terreno, se aclara que el 50% de la superficie corresponde a zona parque y que en ningún caso podría considerarse dentro de la superficie a adquirir. • Se debe realizar una subdivisión y luego de eso, evaluar las condiciones y el valor de venta mediante una tasación Serviu para verificar los montos disponibles para la adquisición. • Al tener la subdivisión, se podría evaluar una modificación al PRC o la adquisición del terreno para aplicar art. 50, siempre y cuando se cumpla con los requisitos para el desarrollo de un proyecto DS49 y que su financiamiento permita la adquisición y construcción. ACUERDOS (SI LOS HAY): • Se acuerda que los propietarios deben dar inicio la subdivisión del terreno e informar a medida que existan avances en esta gestión. |