En Macul está en proceso de aprobación un proyecto de modificación al Plano Regulador comunal en parte de la UV 6 y 7 para reducir la altura maxima de edificacion en nuestro barrio. La Municipalidad decidió que el futuro del mismo deberá ser resuelto por los vecinos en una consulta para cada una de las unidades vecinales comprometidas. Agregar que desde el 2 de julio de 2015 rigen diversos decretos que ordenan la postergación de permisos de construcción. Queremos consultar al SEREMI:
1.- En el caso que el proyecto de modificación sea aprobado en la UV 6 y rechazado en la UV 7 o vice versa, ¿aquello significa el nacimiento de un nuevo proyecto?
2.- En el caso que signifique el nacimiento de un nuevo proyecto ¿comiena a correr nuevamente el plazo del artículo 117 inciso 2 de la LGUC? |