Audiencias - Año 2017 - Claudio Arturo Méndez Valenzuela - Audiencia AO050AW0336893
Información General
Identificador | AO050AW0336893 |
Fecha | 2017-08-04 10:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Chacabuco 700, tercer piso. |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Jose Arcadio Esporman Navarro | Gestor de intereses | Cooperativa Coopemar Trumao | Jose Arcadio Esporman Navarro |
Ruth Pulgar | Gestor de intereses | Cooperativa Coopemar Trumao | Ruth Pulgar Sepulveda |
Rodolfo Assef | Gestor de intereses | Rodolfo Gamal Assef |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
1. Tema: La Cooperativa COOPEMAR Trumao informa que tomó conocimiento de la Resolución Exenta Nº5246 que modifica la R.E.Nº1145, y que autoriza la extracción del producto loco para Congelados en el área de manejo del borde costero de La Unión. con permanencia en el tiempo. 2. La Cooperativa COOPEMAR Trumao, propietaria del Área de Manejo Lameguapi Sector B de La Unión, solicita que esta autorización se mantenga en el tiempo, para futuras cosechas. 3. SEREMI de Salud expone que la presente autorización se emite en razón de los niveles de toxicidad del Veneno Paralizante de los Moluscos (VPM) que se miden de manera programada. La presente autorización se asocia a los resultados obtenidos durante el mes de junio 2017 en que se obtuvieron valores inferiores a los establecidos por la norma (80mcg/100 gramos de carne de loco). 4. El Jefe del Departamento de Acción Sanitaria, señala la necesidad de procedimientos de formalización para realizar seguimiento y trazabilidad de los productos. Precisa que son las empresas de congelados o conservas, las responsables de contar con Resolución Sanitaria para comercializar productos del mar. 5. SEREMI de Salud, manifiesta la voluntad de la institución de cumplir con los procedimientos de monitoreo de VPM en el marco del Reglamento Sanitario de los Alimentos. 6. La encargada regional de Alimentos, recomienda a la Cooperativa solicitar siempre toda la documentación necesaria (Resolución Sanitaria) a las plantas o empresas a las que entrega el producto. 7. Además solicita la colaboración de la Cooperativa para monitorear los niveles de toxicidad de los mariscos, en términos de proveer acompañamiento a los fiscalizadores sanitarios para la toma de muestras en el área, que es de difícil acceso. 8. La cooperativa ofrece toda su colaboración y asesoría a la Autoridad Sanitaria. |