Estimados:
Buenos días, junto con saludar solicito audiencia para aclarar inquietudes y dudas respecto a nuestra función como destino final de residuos peligrosos, actividad regulada por el DS 148, el cual está en proceso de actualización hace más de 5 años, sin embargo en la actualidad la normativa vigente divide a los generadores de residuos peligrosos en 2 grupos según el volumen de residuos generados al año, quienes están sujetos a plan de manejo de residuos peligrosos y quiénes no. Con esta clasificaciones, generadores pequeños que no están sujetos a Plan de manejo y quedan excluidos de realizar declaraciones en la ventanilla única sistema sectorial Sidrep, no cuentan con una opción validad por la autoridad que permita gestionar sus residuos de forma correcta y con gestores autorizados, tanto transporte como destinatario, ya que según lo indicado por fiscalizadores de vuestra región, no se puede retirar ni recibir residuos peligrosos sino se cuenta con la declaración Sidrep, lo cual según nuestra experiencia, estas operaciones corresponden a más del 50% de los residuos gestionados por los recolectores que disponen en PTH y, al no permitir el ingreso de estos residuos, se corre el riesgo de que sean dispuestos en lugares no adecuados generando un importante impacto ambiental y eventual daño a la salud de las personas.
Considerando que el espíritu de la normativa sanitaria y ambiental es resguardar la salud de las personas y el medio ambientes, así tal como lo señala el considerando 3 del DS 148, el que señala que para cumplir cabalmente los compromisos del Estado y enfrentar el peligro creciente que representan los residuos peligrosos, es indispensable regular el proceso completo de su manejo, desde que se generan y hasta que se eliminan, en términos que permitan su adecuado control y seguimiento, en un marco de certeza jurídica necesario para el desenvolvimiento de la actividad económica, que sirva también de garantía para la comunidad en su conjunto. Y el considerando 4, el cual señala que un adecuado marco normativo puede inducir a la incorporación de una gestión de los residuos más eficientes, que ayude a minimizar la generación de residuos peligrosos.
Como Empresa solicitamos por favor una audiencia en la que nos pueda entregar lineamientos que permitan dar cumplimiento a la normativa, así como entregar una adecuada opción a los generadores que no están obligados a declarar en el Sidrep y que facilite el adecuado manejo de los residuos peligrosos. |