Audiencias - Año 2021 - Aleksis Gómez - Audiencia AO044AW1016214
Información General
Identificador | AO044AW1016214 |
Fecha | 2021-10-07 11:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Reunión se realizó de forma virtual |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Andrés Greve | Gestor de intereses | servicios sanitarios marbella s.a. | |
Humberto Soto Velasco | Gestor de intereses | servicios sanitarios marbella s.a. | |
Aleksis Gómez | |||
Nahuel Cubillos |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
1. El Sr. Andres Greve, expone el caso de la solicitud de rectificación del proyecto de alcantarillado referido a la corrección de la dotación de alcantarillado a 205 l/h/d, del complejo turístico Marbella, la que fue presentada en el mes de mayo de 2021, y posteriormente en el mes de agosto de 2021, donde se aclara el Ord 363 de Agosto 2021, en relación a que la dotación ocupada para el agua es de 255 l/h/d, como en todos los proyectos de Marbella, según proyecto aprobado de agua potable. Se explica el procedimiento administrativo de rectificación del parámetro de dotación de alcantarillado, iniciado el año 2017 mediante ingreso de solicitud y antecedentes. La autoridad Sanitaria acogió esta solicitud, emitiendo la resolución 2175 del año 2017, mediante la corrección del parámetro de Dotación para una población de 9.800 Habitantes. El año 2019, la Autoridad Sanitaria emite resolución 255 que inicia proceso de Invalidación de la resolución 2175, debido a que la rectificación debía ingresar al sistema de evaluación ambiental. Sesamar ingresa al SEA de Valparaíso la consulta de pertinencia el 08 de Septiembre de 2020, considerando la modificación del parámetro de dotación de Alcantarillado a 204 L/h/d, para tratar el alcantarillado para una población de 9.480 habitantes, el SEA responde, mediante Resolución del 6 de Mayo de 2021, que No es Pertinente ingresar al Sistema de evaluación, ya que no se realizará ningún cambio que no haya sido evaluado en la DIA, que generó la RCA 175 del 2015. 2. Por otra parte, informa las características de la planta de tratamiento de aguas servidas, con un sistema SBR con Dos Reactores Biológicos de 4 ciclos cada uno, con una capacidad para tratar de 2.100 m3/d, la cual de acuerdo a lo expuesto por el Sr. Greve está posee una capacidad holgada, y el emisario submarino no se utiliza, ya que se reutiliza el 100% de las aguas servidas tratadas para riego, sin embargo se remplazó la tubería del emisario hace 4 años, para mantener el emisario en caso de emergencia. Se realizan monitoreos constantes del efluente y del punto de disposición final de la planta, según D.S. 90 y la NCh 1.333., 3. El Sr. Humberto Soto, señala que la corrección solicitada corresponde solo a una modificación de parámetro de proyecto y no a aspectos que puedan ya estar considerados en otra norma. 4. El Sr. Nahuel Cubillos, de la Oficina Territorial de Viña del Mar de la Seremi de Salud, informa que la unidad jurídica de la Seremi de Salud se encuentra evaluando la propuesta de rectificación emanada por esta oficina, la cual agrega el número de unidades habitacionales por sector. Tanto el Sr. Humberto Soto y el Sr. Andrés Greve comentan que agregar el número de unidades, puede hacer inviable el control de conteo que realiza la Municipalidad ya que no existe una relación real entre las unidades informadas disponibles y su tipología, definida como Casas, Departamento o sitios, ni tampoco con la cantidad de habitantes por cada una de estas unidades. 5. La Oficina Territorial de Viña del Mar se compromete a realizar una reunión con la Dirección de Obras de la Municipalidad de Puchuncaví, para evaluar la correspondencia de la densidad habitacional con el proyecto de alcantarillado particular aprobado y autorizado. 6. Los solicitantes se comprometen a revisar los antecedentes presentados en las diversas solicitudes de rectificación presentadas ante esta Seremi de Salud. 7. Por último, se toma el acuerdo que los solicitantes, solicitaran una nueva reunión en 2 semanas para conocer el pronunciamiento de la Seremi de Salud, en base a la evaluación de la unidad jurídica y la reunión con la DOM de la Mun. de Puchuncavi. |