Audiencias - Año 2024 - César Sierpe - Audiencia AO024AW1484467

Información General
Identificador AO024AW1484467
Fecha 2024-01-08 16:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar VIDEOCONFERENCIA ZOOM, LINK: Entrar Zoom Reunión https://us02web.zoom.us/j/81718511491?pwd=OXJMaWVpaER3dzQ4ZTNYSFB1SGltQT09 ID de reunión: 817 1851 1491 Código de acceso: 338234 SE ENVIO A SU CORREO LINK DE ACCESO.
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Luis Díaz Gestor de intereses Marcia Contreras
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento.
Especificación materia tratada
Estimado Director SS OHiggins


Por intermedio de la presente, se informa que su institución mantiene Subsidios por Incapacidad Laboral (SIL), asociados a Licencias Medicas, pendientes de cobro por la suma de $246.271.557.-
Al 31 de Octubre del año 2023


Por lo anterior se SOLICITA AUDIENCIA EN CARÁCTER DE URGENTE, MEDIANTE GOOGLE MEET, para entregar mayores antecedentes y con ello pueda el organismo público iniciar las gestiones de cobro inmediato.


Es de notorio y público conocimiento, que la primera Isapre que QUIEBRE, declare SU INSOLVENCIA en Febrero del año 2024, en consecuencia los tiempos para responder son limitados.


Noticia : https://www.adnradio.cl/2023/12/18/crisis-de-isapres-superintendente-de-salud-revela-fecha-de-quiebra-de-la-primera-aseguradora/


Ni pensar que los mismos funcionarios que salen de vacaciones en Enero y Febrero, van a tener la disposición de gestionar sus cobros en un escenario de urgencia como el descrito.


Lo anterior se complica en un escenario de elecciones municipales de Octubre del 2024, en donde se pueden perseguir con mayor insistencia las responsabilidades administrativas, civiles y penales de los funcionarios comprometidos.


Téngase presente:
La falta de cobranza a las ISAPRES, en su tiempo - momento y oportunidad, vulnera los artículos 3°, 5° y 11, de la ley N° 18.575, según los cuales la Administración del Estado debe observar los principios de eficiencia y eficacia; velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos; y las autoridades y jefaturas ejercer un control jerárquico permanente del funcionamiento de los organismos y actuaciones del personal de su dependencia, el que se debe extender a la eficiencia y eficacia y a la legalidad y oportunidad de sus actuaciones.


Del mismo modo, conviene recordar que el Organismo de Control, por medio de los dictámenes N° 25.737, de 1995, N°46.618, de 2000, y N°7.347, de 2013, ha precisado que toda entidad estatal se encuentra en la obligación de cumplir con los principios rectores de la función pública, entre los cuales se encuentran la eficacia y la eficiencia, y por ende no pueden realizar un manejo deficitario de la administración del patrimonio que el legislador ha puesto a su disposición.


Para su conocimiento y fines pertinentes