Audiencias - Año 2018 - Ignacio René García- Huidobro Honorato - Audiencia AO006AW0548286

Información General
Identificador AO006AW0548286
Fecha 2018-10-30 12:00:00
Forma Presencial
Lugar Oficina del Superintendente de Salud, Alameda 1449 Torre 2 Piso 5, (Metro La Moneda)
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Claudia Alejandra Silva Vásquez Gestor de intereses Sociedad Acreditadora GCS Salud SpA
Norma Paiva Gúzman Gestor de intereses Sociedad Acreditadora GCS Salud SpA
Fernando Ramón Martínez González Gestor de intereses Claudia Silva Vásquez
Eduardo Daniel Jerez Ebensperger Gestor de intereses Claudia Silva Vásquez
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Acreditación de Prestadores Institucionales.
Junto a dos socias tenemos una Entidad Acreditadora, en el registro de entidades somos la Nº32.
Frente a un proceso de acreditación de un prestador privado realizado desde el día 25 abril al 27 abril 2018. Se informa el resultado del proceso a la Intendencia de Prestadores el día 30 de mayo 2018, como un prestador No Acreditado.
El 14 junio 2018 se realiza una fiscalización por parte de la unidad de fiscalización de calidad de la IP, a 50 días de nuestro proceso de acreditación.
La contradicción, se me informa en el ordinario IP 5020 fechado 4 octubre 2018, que si bien no hay reproches en el proceder, se nos ordena borrar y eliminar los hallazgos donde dice cumple protocolo "NO", cambie por "SI". Desde el día 30 de mayo 2018 que entregamos el informe he sido fiscalizada por medio de 2 actas y 3 ordinarios, en donde el tenor cada vez sube de tono, y en los últimos dos ordinarios 4664 y 5020, estoy en contumacia, desacato a la autoridad, amenazas de sanciones y reiteran eliminar hallazgos. La autoridad máxima, que para las entidades es el Intendente de Prestadores en su último Ordinario plantea que él es la autoridad y resuelve que la fiscalizadora ha evaluado diferente. El punto que en la ley DFL1año 2005, la reforma de la autoridad sanitaria, el rol de la Intendencia de Prestadores es fiscalizar a las entidades (artículo 121) en el reglamento del sistema de acreditación DSNº15 revisar y solicitar corregir informes de acreditación si no cumple con artículo 27 inciso primero, he preguntado que no cumplo? no tengo respuesta, no se me ha llamado para tener una conversación técnica, tuve que solicitar por chiletransparente de las actas de fiscalización, con qué elementos fueron desarrolladas, y no he podido acceder a ellas, el portal de Chiletransparente me ha respondido que la Intendencia de Prestadores ha solicitado ampliar el plazo para responder. Tenemos la evidencia objetiva, actas y grabaciones, que fueron entregadas a la IP, pero a 50 días post terreno, la IP, ha enviado una fiscalizadora que al parecer recibió información que nosotros no tuvimos en el momento de la evaluación, y ha validado que la "esencia" y el espíritu de una característica obligatoria se cumple. Lo que no está descrito en la ley, es más el artículo 23 del reglamento solicita criterios objetivos, y en el caso de la característica en cuestión EQ2.1 no cumple su programa.
He tomado abogado el señor Fernando Martínez González, ya que no he podido entender este accionar y forma de dirigirse y ordenar vulnerar la ley, porque la autoridad así lo estima.
Estoy realizando mi diplomado en riesgo jurídico en la Universidad Andres Bello, de la cual soy egresada y luego tendré mi titulación de Magister en Salud Pública, por lo que estoy viendo todas las leyes relacionada a Salud, desde la Constitución política, ley GES, autoridad sanitaria, derechos humanos y no puedo defender una evaluación con evidencia objetiva y tener que tomar abogado, me hace tomar esta decisión de buscar y llegar a otra instancia, donde mostrar situaciones que merecen un análisis y que esa Intendencia no está abierta al diálogo. No quiero usar las vías judiciales, sé que tendremos costos ya que pagar por esta acción, no sólo monetarios, pero no denunciar estos hechos también nos afecta.
Esperamos poder ser escuchadas como GCS SpA entidad Nº32