Carlos Bravo - Audiencias
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2019-10-17 10:30:00 | AO005AW0750136 | Gestor de intereses | Vania González | Vania González | Apelación ingreso productos cosméticos de uso personal | Ver detalle |
2019-10-17 10:06:00 | AO005AW0751365 | Gestor de intereses | Nicole Andrea Valdivia Zúñiga | Nicole valdivia zuñiga | Rechazo de permiso provisorio isp cosmético Usuaria es contactada y se aclara el motivo que dio origen al rechazo. Se instruye respecto de como proceder. |
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2019-10-17 09:30:00 | AO005AW0753447 | Gestor de intereses | Yordan Rojas | Yordan | Rechazo de resolución ACTA N° 39/19 UPCe2537/19 Usuario explica que compró en Amazon los 30 productos para su esposa. Además, indica que su residencia definitiva está en trámite y por eso no tiene la cédula vigente. ISP explica la normativa de los productos cosméticos y su importación para uso personal. Se informa que tiene derecho a adquirir cosméticos en el extranjero para uso personal y no para terceros, la cantidad debe ser acotada a 10 unidades. |
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2019-10-15 10:45:00 | AO005AW0750918 | Gestor de intereses | Fernando Villegas Pedreros | REUTTER SA. | REVISION DE IMPORTACION DE USO PERSONAL DE PACIENTE DE CLINICA DAVILA Usuario señala que paciente asociado a referencia UPFe1953/19, utilizó solo una unidad de las 4 cajas importadas de Soloris 300 mg. Usuario señala que este producto se encuentra en condiciones y almacenado de forma correcta para el paciente. Estos productos se encuentran almacenados ya 1 año. Se le permite a usuario presentar nueva solicitud en la cual adjunte una receta médica asociada al paciente a quien irá destinados los productos y adicionalmente documento que acredite condición de almacenamiento del producto importado. |
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Gestor de intereses | Pamela Jiménez Maturana | CLINICA DAVILA Y SERVICIOS MEDICOS SPA | ||||
2019-10-10 10:10:00 | AO005AW0746688 | Gestor de intereses | Roberto Cornejo | Roberto Cornejo | Recurrente rechazo de AU1231714, por confusión entre lugar de importación y producción. Usuario pregunta sobre las razones de las aclaraciones y el rechazo del uso y disposición. Solicitud presenta discordancia entre país de origen del producto item 2 del AU1231714/19 y el país de procedencia. Usuario debe adjuntar correctamente procedencia y fabricante, o adjuntar documentación que de cuenta del país de origen correcto o la planta de fabricación. |
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2019-10-08 10:30:00 | AO005AW0745535 | Gestor de intereses | alberto ventura araya | alberto ventura araya | Señores He traido de israel 10 implantes dentales , no son para comercializarlos ni venderlos,(la factura es por u$d500, aca en chile son mucho mas baratos) son para uso personal . Lo que pasa es que son de una marca y un diseño que aca no se comercializa agradecere a ustedes reconsiderar su resolucion negativa gracias "Usuario es contactado vía telefónica, se instruye los pasos a seguir para presentar una nueva solicitud." |
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2019-10-08 10:30:00 | AO005AW0745752 | Gestor de intereses | Luis Fabián Riffo Astorga | luis riffo | apelación a resolucion exenta n 9468/19 ,la cual fue rechazada .Los productos transportados solo corresponden para uso personal, regalos que traje para mi familia. en viaje realizado a brasil. ACTA N° 36/19 Rechazo UPCe2177/19 Usuario explica las razones que dieron origen a la importación y que el medio de transporte fue un vuelo particular. ISP explica normativa de importación de cosméticos de uso personal y las cantidades que se pueden traer del extranjero. Se sugiere presentar una nueva solicitud declarando hasta 10 productos por tipo. |
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2019-10-08 10:15:00 | AO005AW0739685 | Gestor de intereses | Libia Alejandra Carrero Odon | Libia Carrero | ACTA N° 35/19 Rechazo UPCe2317 Usuario explica que los documentos de identidad se encuentran en trámite hace como 1 año. Su pasaporte está vencido y la cédula aún no es emitida. ISP explica la normativa vigente en Chile para la importación de cosméticos para uso personal. Se indica que no puede realizar trámites con el Estado, hasta tener su identificación vigente. Ademas se explica sobre la cantidad que se presume para uso personal. |
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2019-10-08 10:00:00 | AO005AW0744691 | Gestor de intereses | Alejandro Esteban Gutiérrez Valdés | Alejandro Esteban Gutierrez Valdes | Resolucion 9184/19 ACTA N° 34/19 UPCeE 2157/19 Usuario explica que no diferenció entre los 8 shampú y los 8 acondicionadores para pelo. ISP aclara normativa sobre cosméticos y la importación para uso personal. Se sugiere presentar una nueva solicitud declarando los 2 tipos de productos importados. |
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2019-10-02 09:33:00 | AO005AW0732647 | Gestor de intereses | Catalina DELGADO | CANNMAS | Actualización procesos de autorización para uso de cannabidiol, incluyendo investigación y desarrollo farmacéutico y cosmético . Acta N° 33/19 Se informa que el CBD en Chile está clasificado como producto farmacéutico, por lo tanto, para su importación exportación y distribución se requiere registro sanitario. Los niveles de CBD no están definidos, razón por la cual, , un producto que lo contenga siempre es un producto farmacéutico. Se aclara que las materias primas de productos farmacéuticos se consideran registradas cuando estén contenidas en un registro sanitario. |
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Gestor de intereses | daniel carrasco | Cannmas | ||||
2019-09-11 10:00:00 | AO005AW0731095 | Gestor de intereses | Jordi Jorda Marchant | Valeria Alejandra Cruzat Marcel | CAMBIAR LA RESOLUCION DE INTERNACION DE ACEITES ESENCIALES RESOLUCIÓN EXENTA Nº 8450/19 RECHAZASE El Certificado de Destinación Aduanera y Autorización de Uso Provisional para la mercancía declarada en el anexo foliado adjunto de la Referencia N° UPCe1962/19, a nombre de VALERIA ALEJANDRA CRUZAT MARCEL, Rut 10.102.217-K, consignados mediante la factura adjunta N° 7856232, y el documento de transporte N° 47903. 2.- PROHÍBASE El uso de los productos señalados en el anexo foliado adjunto. 3.- DÉJASE ESTABLECIDO Que JORDI JORDA MARCHANT, Rut 15.501.019-3 deberá comunicar a este Instituto la destrucción o reexportación de la mercancía rechazada. ACTA N°32 11/09/2019 -USUARIO EXPLICA RELACIÓN IMPORTADOR Y COMPRADOR/HIZO TRÁMITE (MADRE DE SU HIJO). -SE EXPLICA NORMATIVA Y CONDICIONES PARA LA IMPORTACIÓN DE COSMÉTICOS SIN REGISTRO SANITARIO PARA USO PERSONAL. -SE SUGIERE INGRESAS OTRA SOLICITUD CON SOLO 10 PRODUCTOS A ELECCIÓN O SOLICITAR LA RE-EXPORTACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LA MERCANCÍA. |
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2019-09-10 11:00:00 | AO005AW0707528 | Gestor de intereses | Jaime Gomez | JAIME GOOMEZ ARAGON | Medidas y requisitos para la proteccion y cumplimiento en materia de salud publica en referencia a cultivos agricolas extensivos. ACTA N°30 10/19/2019 -SR. GÓMEZ INDICA INTENCIÓN DE EVALUAR VIABILIDAD DE PROYECTO DE NEGOCIO DE CANNABIS INDUSTRIAL Y CBD, REPRESENTA A SKYGREEN EN CHINA. -CONSULTA RESPECTO AL MARCO NORMATIVO Y CONDICIONES PARA EL CULTIVO DE CANNABIS. -ISP EXPLICA, QUE SÓLO TIENE ÁMBITO DE COMPETENCIA INDICADO EN LA NORMATIVA VIGENTE, ES DECIR MEDICAMENTOS, COSMÉTICOS, DISPOSITIVOS MÉDICOS Y PESTICIDAS DE USO SANITARIO Y DOMÉSTICO. -SE EXPLICA QUE EL CAÑAMO INDUSTRIAL DEBE SER ACREDITADO CORRESPONDIENTE Y ANÁLISIS CUALI/CUANTI EN LAS ETAPAS DE CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS. -UNA VEZ ACREDITADOS LOS NIVELES DE CANNABINOIDES Y CONSIDERANDO LA FINALIDAD DECLARADA DE LA PLANTACIÓN, POR TRATARSE DE CAÑAMO INDUSTRIAL, SOLO EL SAG SE PRONUNCIARÁ FRENTE AL DESTINO DE LOS PRODUCTOS OBTENIDOS. -POR ÚLTIMO, SE INDICA QUE EL CBD ES CONSIDERADO UN PRODUCTO FARMACÉUTICO EN CHILE, POR TENER PROPIEDADES TERAPÉUTICAS, POR LO TANTO, SE RIGE POR EL DS N°3/10. |
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