Audiencias - Año 2024 - María LÓPEZ - Audiencia AO005AW1665492

Información General
Identificador AO005AW1665492
Fecha 2024-09-24 15:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Plataforma Microsoft Teams
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Karim Golott Ortega Gestor de intereses Karim Golott Ortega
Alejandra Quiros Gestor de intereses Alejandra Quiros Sanchez
Jose Ogaz Pérez
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
TEMÁTICA:

DESARROLLO DE LA REUNIÓN:

1. Las usuarias desean resolver dudas respecto a procesos que no están habituadas, en este caso puntual en relación a la verificación de conformidad y registro sanitario de desfibriladores externos automáticos portátiles.

2. Desde el ISP, se confirma que la verificación de conformidad de desfibriladores externos automáticos portátiles (DEA), no la realiza CESMEC, sino que se efectúa a través de un proceso de revisión documental en el Instituto de Salud Pública, durante la evaluación de una solicitud de registro sanitario de un DEA.

3. Además, desde ISP se informa que existe un Instructivo con el detalle de la información y documentos solicitados en la solicitud de registro sanitario y verificación de la conformidad de un DEA, actualmente disponible en la página web institucional: https://www.ispch.gob.cl/prestacion/9100003/

4. Dentro de los requisitos exigibles, se comentan los siguientes:

a) Certificados de cumplimiento de las Normas IEC 60601-1, IEC 60601-2-4 e IEC 60601-1-2, pudiendo ser estos emitidos en el extranjero. Para la conformidad de este aspecto se aceptará como documentación válida los Informes de Pruebas (Test Report).
b) Una misma persona puede asumir como Responsable de Tecnovigilancia y Responsable de la Información Técnica.

5. Respecto a los plazos estipulados en la Ley 19.880, desde ISP se recomienda realizar una revisión exhaustiva de los documentos y antecedentes a presentar, previo ingreso de la solicitud, porque la ley contempla un plazo de 5 días hábiles para dar respuesta a un oficio de completitud de antecedentes, por ejemplo.