La empresa solicita información sobre cómo cumplir para poder realizar el cambio de dominio de una farmacia que opera desde la década del 60, donde uno de los propietarios falleció u no se ha tramitado la posesión efectiva.
Al respecto, se informa que es indispensable contar con el acto jurídico en el cual se consigne la transferencia de la universalidad jurídica del establecimiento comercial (farmacia) del causante, quien jamás habría celebrado un contrato con su propia empresa que hoy solicita el dominio de la farmacia.
Añade que la intención de la empresa es poder solucionar este problema.
Se le informa que en ese contexto y atendido el fallecimiento del que creemos que era el dueño, se requiere que se acompañe posesión efectiva tramitada y, la compraventa de establecimiento comercial celebrada por sus herederos (a la luz de esa posesión efectiva). |