Audiencias - Año 2024 - Carlos Bravo - Audiencia AO005AW1658052

Información General
Identificador AO005AW1658052
Fecha 2024-09-10 12:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Se enviará por videoconferencia a los correos registrados en este formulario. IMPORTANTE: No podrán participar personas que no hayan sido previamente informadas. Contacto: (+562) 25755363
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Andrés Muñoz Gestor de intereses Corporación Almannabis
Osvaldo Aichele Gestor de intereses OIP FUNDACIÓN SOUTHMED COSOC SENDA ARAUCANIA
Christopher Cantillana Lobbista OIP CORPORACIÓN TETRA SEC GROSCANN
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Usuario solicita un pronunciamiento sobre las competencias que tiene el ISP en relación al artículo 8° de la Ley 20.000.
Específicamente sobre el uso medicinal de cannabis cuando los pacientes cuentan con una receta médica.
Al respecto, se les sugiere ingresar una carta dirigida a la Directora del ISP, solicitando el pronunciamiento con el
detalle de del requerimiento.




El motivo de esta audiencia es poder dialogar en relación a información y pronunciamiento formal del ISP, sobre materias antes consultadas al servicio.
En concreto, por su intermedio, solicitamos que el ISP se pronuncie respecto de Organizaciones Sociales Cannábicas (organizaciones constituidas por ley 20.500) y las funciones y gestión de estas, respecto de cultivo y uso de cannabis medicinal (Ley 20.000) en los términos que la ley señala y con la finalidad de ser dispensado, distribuido o expendido, ya sea psicoactivo o no psicoactivo, en presentación farmacéutica o simplemente como sumidad Florida.
También sobre la incidencia en las politicas públicas, en cuanto a lo que MINSAL se refiera a la cannabis, su cultivo y uso (guía clínica en actual redacción)
*Tratándose de cannabis medicinal, de cultivo y uso personal permitido por ley 20.000, que no es el mismo caso de cultivos con autorización SAG. (Deseamos claridad respecto de estas 2 acciones que son diámetralmente diferentes)