Audiencias - Año 2023 - Susana Catalán - Audiencia AO005AW1462713
Información General
Identificador | AO005AW1462713 |
Fecha | 2023-12-12 10:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Reunión Lobby Martes, 5 de diciembre · 10:00 – 10:30am Zona horaria: America/Santiago Información para unirse con Google Meet Enlace de la videollamada: https://meet.google.com/ouw-qrmg-qeo O marca el: (CL) +56 43 245 2070 PIN: 194 415 921 9784# Más |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Dafne Guerra | Gestor de intereses | Albagli Zaliasnik | Dafne Guerra |
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Se solicitó por parte de la requirente de Lobby, conocer el proceso de cobranza de multas de sumarios sanitarios aplicadas por el Instituto de Salud Pública en los procedimientos sancionatorios sustanciados por este Servicio, y cuales son las consideraciones y plazos de envío de dichas multas a la Tesorería General de la República para su cobro en virtud de lo dispuesto en el artículo 174º bis del Código Sanitario. En la reunión se procedió a indicar cual es la función del Instituto de Salud Pública en el envío de las multas de sumarios, en virtud de la dictación de la Ley Nº 21.388 de 28 de octubre de 2021, que modificó el Código Sanitario, debiendo remitirse todas aquellas sentencias dictadas con posterioridad al 28 de octubre de 2018 a la fecha. Se indicó que se han remitido todas las resoluciones dictadas con posterioridad al 28 de octubre de 2018, y que ante cualquier solicitud de información adicional requerida por el contribuyente, esta es recepcionada por la plataforma de OIRS, remitiéndose los antecedentes por dicha plataforma. Se planteó también por la requirente la problemática de que las personas naturales dependientes de las farmacias o laboratorios, estén soportando en sus cuentas personales el pago de las multas aplicadas por el ISP, atendido que hasta antes de la modificación antes mencionada, a pesar de ser una sanción de carácter personal, el Laboratorio o farmacia se hacía cargo del pago de la totalidad de las multas de los dependientes, no soportando por lo tanto dicha carga pecuniaria en su patrimonio personal, como si ocurre en la actualidad con los cobros de TGR. Se solicitó a la requirente remitir un correo electrónico a tserrano@ispch.cl, a fin de que si lo estima conveniente, solicitar una planilla de las resoluciones que han sido enviadas a TGR, y que corresponden a los Laboratorios o Farmacias que ella represente, previa acreditación de representación en calidad de interesada en el proceso. La requirente además indicó que se remitiría un escrito al Departamento Jurídico, planteando la situación de las multas y su aplicación a personas naturales dependientes de los Laboratorios, a fin de proponer una reunión a TGR para abordar el tema tratado en el Lobby. |