Audiencias - Año 2023 - Heriberto García - Audiencia AO005AW1394389
Información General
Identificador | AO005AW1394389 |
Fecha | 2023-08-21 09:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Se envía enlace para la videoconferencia a los correos electrónicos informados en este formulario. ID de la reunión meet.google.com/epc-jrtd-mco |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Alfredo Guevara | Gestor de intereses | Asociación Industrial de Laboratorios Farmacéuticos A.G. - ASILFA | |
Julio Jiménez | Gestor de intereses | Laboratorio Recalcine | Asociación Industrial de Laboratorios Farmacéuticos A.G. - ASILFA |
Marcela Sabaini | Gestor de intereses | Laboratorio Euromed Chile S.A. | Asociación Industrial de Laboratorios Farmacéuticos A.G. - ASILFA |
Heriberto García | |||
JOSSELIN NOVOA C. | |||
Raúl Felipe González Muñoz | |||
Alexis Aceituno | |||
Natalia Ines Olguin Morales |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Resolución Nro. 1932 que suspende la prestación de registro de productos farmacéuticos de exportación (Código: 4112130). DESARROLLO La reunión tiene por objeto consultar sobre cómo proceder a registrar productos para exportar con la suspensión de la prestación “Registro Exclusivo de Exportación”. Manifiestan una serie de inconvenientes con la suspensión de la prestación, ya que se les estaría obligando a tomar los caminos de registro ordinario o simplificado, según corresponda, sin considerar los largos tiempos de tramitación y que se les aplican requisitos exhaustivos que llevan a denegar estos registros que antes, con la prestación suspendida, era totalmente expeditos. Piden considerar que estos registros como lo dice su nombre son para exportar y no para su distribución en el país. Jefe de ANAMED explica que este ajuste administrativo se ocasiona por dictamen de Contraloría donde se ha señalado que mientras no se cuente con un reglamento especial para los registros exclusivos de exportación debe aplicarse el decreto 3. Por lo mismo se debe ingresar por las dos vías señaladas donde se les eximirá en lo que corresponda al tipo de registro. Se compromete alinear criterios de forma interna para no incurrir en denegaciones y recursos. |