Audiencias - Año 2022 - Juan Roldán - Audiencia AO005AW1088310
Información General
Identificador | AO005AW1088310 |
Fecha | 2022-03-30 10:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Conexión por Google Meet |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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MARIA ALEJANDRA LIRA CONTRERAS | Gestor de intereses | Tencofarma Industria Farmacéutica | TECNOFARMA S.A. |
Andrea Cubillos | Gestor de intereses | Productos farmacéuticos Medipharm | TECNOFARMA S.A. |
Juan Roldán | |||
Raúl Felipe González Muñoz | |||
JOSSELIN NOVOA C. | |||
Jorge Chávez | |||
ANGELIQUE GALVEZ | |||
Christian Nicolai Astorga |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
No renovación registro farmacéutico nimodipino 30 mg, nuevo registro. DESARROLLO -Se dan las excusas debido a la ausencia de Felipe Saavedra, Jefe Asesoría Jurídica de este Instituto, en su reemplazo, nos acompaña Christian Nicolai. -Se presentan los asistentes. -Usuaria plantea situación del medicamento Regental 30mg comprimidos, el cual perdió su registro sanitario durante el año 2020, debido a exigencia de Bioequivalencia. -Usuario señala que han realizado importaciones de este medicamento a través de Art. N°99 y plantean la necesidad de registrar el producto a la brevedad, para distribuir tanto a públicos como privados. -Se aclara a usuarios que deben cumplir con los requisitos vigentes asociados a este tipo de productos. -Usuaria plantea necesidad de someter el medicamento de forma ágil, considerando la necesidad de este y que se encuentra en Garantías Explicitas en Salud (GES). -Se indica a usuarias que es deseable se registre este medicamento, debido a su importancia terapéutica. -Se aclara a usuaria los requisitos asociados a los productos declarados como maduros no nuevos. -Se consulta a usuarias, cual es la dificultad para realizar los estudios de bioequivalencia de este producto. -Se plantea posibilidad de eximir de exigencia de bioequivalencia para este tipo de moléculas, que no cuentan con referente en el mercado. -Usuarias señalan que esperan solicitar una nueva solicitud de Art. 99, mientras no se obtenga el registro sanitario. -Se aclara el alcance de la autorización de Art. 99 y posibilidad de distribuir este medicamento a clínicas privadas. Se sugiere ingresar consulta a través de plataforma OIRS. -Se pone fin a audiencia de lobby. |