Audiencias - Año 2020 - Juan Roldán - Audiencia AO005AW0875777
Información General
Identificador | AO005AW0875777 |
Fecha | 2020-10-09 11:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Se enviará enlace para la videoconferencia a la brevedad posible. |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Verónica Mendel | Gestor de intereses | Laboratorio Recalcine | Laboratorios Recalcine S.A. |
Nicolás Mitre | Gestor de intereses | Laboratorios Recalcine S.A. | |
David Canales Contalba | Gestor de intereses | Laboratorio Recalcine | Laboratorios Recalcine S.A. |
Juan Roldán | |||
Antonio García | |||
JOSSELIN NOVOA C. | |||
Raúl Felipe González Muñoz | |||
Guisela Isabel Zurich Reszczynski | |||
Fabiola Estrella Kendall Vasquez | |||
Rocío Sánchez Acuña |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Solicitamos a Ud. nos otorgue reunión con el propósito de tratar importante solicitud de reacondicionamiento del producto Bisintex (trastuzumab) que se encuentra en trámite de Apelación en Anamed DESARROLLO Se presentan los asistentes Usuario menciona licitación de comienzos del 2019, asociada a producto transtuzumab, medicamento utilizado por Ley Ricarte Soto y GES, para el tratamiento de cáncer de mama. Usuario señala que, dado errores en la resolución de adjudicación, se genera un primer retraso en la distribución del producto, lo que se adicionó al estallido social, por lo cual se vieron perjudicados en dos oportunidades por factores externos, en la distribución del producto. Usuario plantea que actualmente cuenta con dos lotes del producto, los cuales fueron importados para dar cumplimiento a la licitación, pero que, dadas las complicaciones antes señaladas, ambos lotes se encuentran próximos a caducar, dado que su periodo de eficacia autorizado es de 24 meses. Usuario aclara que el polvo liofilizado, desde que se sometió a registro sanitario, en origen tiene vigencia de 36 meses, pero que debido al periodo de eficacia del agua para inyectable se le autorizó 24 meses. Actualmente, el fabricante en origen acreditó 36 meses para el agua para inyectable, por lo cual el ISP autorizó el cambio de periodo de eficacia de 24 meses a 36 meses para el producto. Usuario señala que solicitó al ISP el reacondicionamiento del producto, para re-etiquetar el periodo de eficacia de ambos lotes, anteriormente importados, pero dicha solicitud se resolvió con “no ha lugar”, lo cual se escaló a Asesoría Jurídica del ISP, quienes se pronunciaron a favor de la evaluación técnica. |