La empresa consulta respecto de los motivos técnicos que originaron el rechazo de los productos señalados en la Res. ex. 4176/19, ante lo cual el Ing. Carlos Mantinez el ISP procede a su explicación. En relación a este punto, la empresa indica que el último antecedente técnico faltante se obtuvo recientemente, por lo que se consulta si es posible considerar este punto para cambiar la decisión adoptada. Al respecto el jefe (s) del Departamento explica que existe la posibilidad de colocar un recurso de reposición por parte de la empresa a la resolución de rechazo, pero que éste tiene un plazo legal establecido, por lo que si ya se encuentra excedido, lo que corresponde es presentar una nueva postulación al RFI de los productos con todos los antecedentes que correspondan.
La empresa también consulta respecto de cuales sería las facultades del ISP respecto de irregularidades detectadas en la venta de EPP inscritos en el RFI, indicándose de parte del jefe(s) de Departamento que las facultades actuales del ISP tienen que ver sólo con el RFI propiamente tal, y que son otras instituciones las que tienen la facultad de fiscalizar su cumplimiento a nivel de venta y uso en lugares de trabajo. |