Audiencias - Año 2018 - Carlos Bravo - Audiencia AO005AW0404857
Información General
Identificador | AO005AW0404857 |
Fecha | 2018-01-17 16:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | SALA DE REUNIONES 6° PISO EDIFICIO ANAMED |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Karla Ramírez | Gestor de intereses | Farmacias Knop | Farmacias Knop S.A. |
ROBERT KNOP PISANO | Gestor de intereses | Farmacias Knop S.A. | |
Jean Pierre Tachoires Vidal | Gestor de intereses | Farmacias Knop | Farmacias Knop S.A. |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Como farmacias homeopáticas, el decreto 466 se define como establecimientos destinados a la venta de medicamentos homeopáticos y fitoterápicos. Con las últimas actualizaciones de los decretos 3, 404 y 405, nos encontramos con la interrogante con respecto a la venta de cannabis en farmacias homeopáticas, ya que dicho medicamento ha sido clasificado como el primero medicamento fitoterápico estupefaciente. Bajo nuestra revisión de antecedentes, entendemos que dadas las modificaciones en los decretos, este fitofármaco podría dispensarse en nuestras farmacias homeopáticas, siempre que habilitemos lo necesario para controlar adecuadamente este estupefaciente de acuerdo a lo establecido en la normativa. Como cadena de farmacia homeopática y por nuestro permanente interés en la medicina y salud natural, homeopática y fitoterápica, quisiéramos conocer la opinión de la autoridad sanitaria con respecto a esta la venta de cannabis medicinal en las farmacias homeopáticas. ACTA S/N° La empresa indica que de acuerdo al uso provisional de medicamentos que contienen Cannabinolrequieren orientacióncon el fin de implementar adecuadamente la entrega de productos. Este Instituto indica que se aclare el alcance de la distribución del producto dado que a la fecha se ha comunicado que el producto es gratuito. La empresa aclara que las dosis están relacionadas a lo que se encuentra en convenio entre municipios -Daya y Knop. (Cada municipio pagó o apoyó el proyecto). Se explica que los productos se autorizarán en el contexto de uso personal y no se pueden destinar a otros pacientes. ISP indica que a futuro si el producto cuenta con registro deben cumplir con las disposiciones de la Reglamentacón vigente. |