Audiencias - Año 2018 - Raúl Felipe González Muñoz
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2018-01-09 10:40:00 | AO005AW0396611 | Gestor de intereses | Vanessa Díaz | Vanessa Diaz Essad | Rechazo UPCe4684/17 Usuario explica que lo que importó corresponde a productos cosméticos para uso personal y terceras personas. Se le explica a usuaria que los productos cosméticos en Chile deben contar con autorización sanitaria y que los productos importados para uso personal no pueden ser entregados a terceros. Se le indica que deberá presentar una nueva solicitud excluyendo los items que no serán entregados a terceros. |
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2018-01-05 10:30:00 | AO005AW0384671 | Gestor de intereses | Soraya del Carmen Perez Aravena | Soraya del Carmen Perez Aravena | USUARIO INDICA QUE POR DESCONOCIMIENTO DE LA CANTIDAD LEGALMENTE AUTORIZADA, IMPORTÓ UNA CANTIDAD QUE EXCEDE A LAS 5 UNIDADES POR TIPO DE PRODUCTO. SE INFORMA AL USUARIO SOBRE CÓMO Y QUÉ IMPORTAR Y LAS CONDICIONES VIGENTES, INDICANDO QUE PARA UN PRÓXIMO TRÁMITE DEBE REGIRSE POR LA NORMATIVA. USUARIO DEBERÁ INGRESAR UNA NUEVA SOLICITUD, INDICANDO LA FINALIDAD DE LOS PRODUCTOS. |
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2018-01-05 09:50:00 | AO005AW0396866 | Gestor de intereses | Loreto Andrea Mondaca Gonzalez | Loreto Andrea Mondaca Gonzalez | SE INFORMA A USUARIA EL CONTEXTO REGULATORIO QUE RIGE LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS PARA USO PERSONAL. LA CANTIDAD DE PRODUCTOS PERMITIDOS ES 5 UNIDADES POR TIPO DE PRODUCTO. USUARIO DEBERÁ INGRESAR UNA NUEVA SOLICITUD, DECLARANDO A IMPORTAR UNA CANTIDAD MÁXIMA DE 10 UNIDADES DEL PRODUCTO USF LOTION BODY CARE. |
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2018-01-05 09:30:00 | AO005AW0394782 | Gestor de intereses | Javier Mancilla | Javier Mancilla Barria | Sujeto activo no asiste a la audiencia. | Ver detalle |
2018-01-04 10:06:00 | AO005AW0398250 | Gestor de intereses | Harlem Jovel Plaza Berríos | harlem jovel plaza berrios | SR. HARLEM PLAZA EXPLICA QUE LOS PRODUCTOS COSMÉTICOS FUERON ADQUIRIDOS YA QUE SE ENCONTRABAN EN OFERTA. Q.F. FELIPE GONZÁLEZ EXPLICA EL CONTEXTO REGULATORIO QUE RIGE LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS PARA USO PERSONAL. LA CANTIDAD DE PRODUCTOS PERMITIDOS ES 5 UNIDADES POR TIPO DE PRODUCTO. USUARIO DEBERÁ INGRESAR UNA NUEVA SOLICITUD, DECLARANDO A IMPORTAR LA TOTALIDAD DE LOS PRODUCTOS COSMÉTICOS FACTURADOS, SE AUTORIZARÁ POR ÚNICA VEZ EN FORMA EXCEPCIONAL. |
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2018-01-04 09:35:00 | AO005AW0397192 | Gestor de intereses | Elizabeth Pilar Montecino Jiménez | Elizabeth Pilar Montecino Jiménez | SRTA. ELIZABETH MONTECINOS EXPLICA LOS MOTIVOS QUE DIERON ORIGEN A LA IMPORTACIÓN DEL ACEITE DE ARGÁN PARA SU USO PERSONAL. SEÑALA QUE LA CANTIDAD CORRESPONDE A 1 BIDÓN DE 5 LITROS Y QUE LA FACTURA ADJUNTA CONTIENE UN ERROR DE DIGITACIÓN EN EL DESCRIPTOR. (25 LITROS). Q.F. FELIPE GONZÁLEZ EXPLICA QUE SE DEBERÁ RECTIFICAR LA FACTURA EN EL ITEM CANTIDAD PARA DEJAR ESTABLECIDO LA CANTIDAD REAL DEL PRODUCTO (1 BIDÓN X 5 LITROS) Q.F. FELIPE GONZÁLEZ EXPLICA QUE LUEGO DE MODIFICAR FACTURA, PODRÁ INGRESAR UNA NUEVA SOLICITUD Y POR ÚNICA VEZ SE AUTORIZARÁ LA IMPORTACIÓN. |
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2018-01-04 09:20:00 | AO005AW0397895 | Gestor de intereses | IVONNE ROSALES | Ivonne Rosales | SRTA. IVONNE ROSALES EXPLICA LOS MOTIVOS QUE DIERON ORIGEN A LA IMPORTACIÓN. Q.F. FELIPE GONZÁLEZ EXPLICA EL CONTEXTO REGULATORIO QUE RIGE LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS PARA USO PERSONAL. LA CANTIDAD DE PRODUCTOS PERMITIDOS ES 5 UNIDADES POR TIPO DE PRODUCTO. USUARIA DEBERÁ INGRESAR UNA NUEVA SOLICITUD, Y SE AUTORIZARÁ POR ÚNICA VEZ EN FORMA EXCEPCIONAL. |
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Gestor de intereses | xinxi wang | Ivonne Rosales |