Audiencias - Año 2017 - Raúl Felipe González Muñoz
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2017-10-24 10:35:00 | AO005AW0371898 | Gestor de intereses | Sabine Elizabeth Heijboer Bartsch | Sabine Elizabeth Heijboer Bartsch | Resolucion exenta 9255/17 rechaza UPCe4009/17 solicitando reexportacion o destruccion de los productos. Con UPCe4009-17 se pidió autorizacion para internar 3 unidades (muestra) de cada item (prod. cosmetico), cada uno de 25ml = sachet. Segun leí en su pagina: muestra es "hasta 5 unid de cada item"; en este caso son solo 3 unid de cada producto. Por ello no entiendo que la resolución diga que "excede lo establecido para uso personal" ..¿? SE INFORMA A USUARIA LA REGLAMENTACIÓN VIGENTE RESPECTO DE LA IMPORTACIÓN DE USO PERSONAL SE INSTRUYE QUE DEBE TRAMITAR POR GICONA. |
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2017-10-24 10:05:00 | AO005AW0366940 | Gestor de intereses | Javiera Bravo | Constanza Bravo Barrientos | Se solicita audiencia con Sr. Carlos Bravo para apelar por la aprobación a una resolución de importación de productos cosméticos, ya que fue rechazada. Estos productos se comercializan en Chile (Marca Nuskin) y están aprobados para su uso aunque algunos de ellos no han llegado a Chile, sin embargo, la forma de ingresarlo puede haber ocasionado el rechazo (es primera vez que ingreso este tipo de productos y no conté con toda la información necesaria para hacer el ingreso correcto). Estaré fuera de Chile entre el 8-17 de Octubre, para ser considerada luego de esa fecha. Muchas gracias. INFORMA EL INGRESO DE 54 PRODUCTOS CON UN PESO DE 22,7 KG PARA USO PERSONAL SE INFORMA A USUARIA QUE POSEE UN EMPRENDIMIENTO ASOCIADO A LO IMPORTADO (PRODUCTOS COSMÉTICOS) (NS SEENTY SPA) LA CANTIDAD MINIMA QUE PUEDE IMPORTAR Y LA DIFERENCIA LA PUEDE REEXPORTAR O RETIRARLA AL VOLVER A SU PAÍS. SOLO PUEDEN HACER USO DE 5 PRODUCTOS POR TIPO EXISTEN 3 ASPECTOS QUE NO PERMITEN EL INGRESO (CANTIDAD, SIN REGISTRO Y PARA 3os) SE INDICA ADEMÁS QUE PARA COMERCAILIZAR DEBERÁ HACERLO A TRAVÉS DE GICONA. |
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2017-10-24 09:33:00 | AO005AW0367506 | Gestor de intereses | Achraf Chemmam | Elvira Zerene Zerene | Solicitar la apelación de la resolución N° 8906/17, de 2 de octubre de 2017, que rechaza el certificado de destinación aduanera y autorización de uso provisional para mercancía declarada en el anexo y la prohibición de uso de los productos señalados en el anexo adjunto. SR. ACHRAF INFORMA QUE SU MADRE EN MARRUECOS ENVÍA A SU JEFA ELVIRA ZERENE UNA GRAN CANTIDAD DE PRODUCTOS COMO REGALO. LA MALETA SE ENCUENTRA RETENIDA Y SUPERA SIGNIFICATIVAMENTE LAS 5 UNIDADES POR PRODUCTOS (TIPOS) QUE ESTÁN ESTIPULADOS EN LA LEGISLACIÓN VIGENTE. SE INDICA AL USUARIO QUE LA IMPORTACIÓN DE USO PERSONAL NO DEBE SUPERAR LAS 5 UNIDADES . SE EVIDENCIA ADEMÁS LA VENTA EN INTERNET (FACEBOOK DEL SR. ACHRAF) DE ACEITE DE ARGÁN, CUYO FONO DE CONTACTO ES EL INDICADO POR EL USUARIO EN ESTA ACTA. SE PRESUME COMERCIALIZACIÓN. |
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