Art. N°5 Ley 20.730, Resolución apertura de farmacia de Liga de la Epilepsia en otras regiones (Iquique).
Por motivos de tener red de prestadores y de estar abocada en forma específica al área de neurociencia, no tener fines de lucro, se evaluará con el área Jurídica, se podría ser parte a APS, como modelo de "Farmacia Popular".
En el modelo de Farmacia Popular se puede efectuar fraccionamiento.
La Liga evaluará con su A. Jurídica esta alternativa de ser parte de A.P.S. y la comunicará en forma posterior al ISP. En el caso de fraccionamiento, existe un procedimiento con los requerimientos básicos que elaboró el SD de Farmacia que será publicada en la Web ISP. |