Audiencias - Año 2016 - Lei Bahamondes Avilés - Audiencia AO004AW0076407
Información General
Identificador | AO004AW0076407 |
Fecha | 2016-02-02 15:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Monjitas 665, 6° piso Sala de Consejo |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Rodrigo Venegas | Gestor de intereses | Centro de cirugía avanzada limitada | Colegio Tecnólogos Médicos de Chile |
Mario Ferrer | Gestor de intereses | Colegio Tecnólogos Médicos de Chile |
Materias tratadas
Ninguna de las anteriores |
Especificación materia tratada
En representación del Colegio de Tecnólogos Médicos de Chile asisten a reunión el Sr. Marcelo Zenteno Silva Rut 8718259-1 Sr. Nicanor Rojas Hinojosa Rut 16704032-2, y Sra. Verónica Rosales Neira Rut 8386863-5. Solicitan a Fonasa la inhabilitación de los optómetras Colombianos como prestadores MLE. Se les informa que el seguro presentó en su oportunidad un rechazo a la inscripción de los optómetras la que se desestimó por la Contraloría por no ajustarse a derecho, por lo que nos obliga a adoptar las medidas tendientes a reparar dicha omisión. Posteriormente en agosto 2015 la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratifica el pronunciamiento de la Contraloría dejando sin efecto la Ordenanza emanada del FONASA. Se le explica a los presentes que los optómetras en convenio MLE son cinco, y que la única prestación que tienen autorizada por el Seguro es el examen optmétrico con prescripción de lentes código 1201027. Se aclara que los requisitos para inscribirse como prestador de FONASA son los mismos que para cualquier otro, no existen facilidades para la inscripción de los optómetras. Ellos manifiestan su inconformidad porque ven amenazado su ejercicio como Tecnólogos Médicos mención oftalmología y ante eso nos solicitan tomar medidas. Se les indica que el Seguro no tiene atribuciones legales para definiciones especiales médicas de profesionales de la salud y que esta atribución legal la tiene el Ministerio de Salud. |