HE REALIZADO REQUERIMIENTOS DIFERENTES REQUERIMIENTOS A UNIDAD DE CONCECIONES, NO CONTESTANDO NINGUN REQUERMIENTO DENTRO DE LOS PLAZOS SEÑALADOS. DADO DE 10 DÍAS. DADO ELLO ESTAMPE RECLAMO SOBRE LAS TRES SOLICITUDES NO RESUELTAS, LAS CUALES NUEVAMENTE DEBÍ ESPERAR 10 DÍAS HÁBILES MÁS. NO OBSTANTE LA LARGA ESPERA FUERA DE LOS PLAZO LEGALES ESTABLECIDOS POR LA PROPIA INSTITUCIÓN, LA UNIDAD CONCECIONES SÓLO PROCEDE A RESPONDER UNA DE TODAS LAS SOLICITUDES, LA CUAL CONSISTÍAN EN LA SOLICITUD DE ESTA USUARIA DE LAS CAMARAS DE LA AUTOPISTA CENTRAL, LA CUAL DADO LA TARDANZA INJUSTIFICADA DE LA INSTITUCIÓN, ME INFORMAN QUE LA AUTOPISTA PRESUNTAMENTE NO TIENE A SU DISPOSICIÓN LAS GRABACIONES SOLICITADAS, DEBIDO A QUE FUERON BORRADAS A LOS 60 DÍAS, RESPONSABILIDAD QUE LE CABE A ESTE ÓRGANO PÚBLICO.
POR OTRO LADO, ADEMÁS INTERPUSE RECLAMO BAJO EL CÓDIGO AM001W0112154, RESPECTO DEL IMPACTO Y DAÑO DE MI VEHÍCULO Y LA NO RESPONSABILIDAD DE LA AUTOPISTA POR UN PILAR DE FIERRO AL INTERIOR DE ELLA, QUE CASÍ ME CAUSA LA MUERTE, SIN QUE LA AUTOPISTA FINALMENTE RECONOZCA RESPONSABILIDAD. ESTE RECLAMO LO REALICÉ EN UNA PRIMERA INSTANCIA SIN RESULTADO. LUEGO INTERPUSE RECLAMO SOBRE RECLAMO MEDIANTE CÓDIGO AM001W0113499, EL CUAL DESPUÉS DE ESPERAR OTROS 10 DÍAS HÁBILES NUEVAMENTE LA INSTITUCIÓN ME SEÑALA QUE POR ECONOMÍA PROCESAL, SE ENTENDÍA REALIZADA LA RESPUESTA EN LA COMINICACIÓN ANTERIOR, SIN QUE LEGALMENTE EXISTA RESPUESTA LEGAL DEL RECLAMO.
DADO LO ANTERIOR, INVITO AL ÓRGANO A REVISAR LA EFECTIVIDAD DE LO SEÑALADO POR ESTE ÓRGANO, YA QUE A LA FECHA NO HA EXISTIDO PRONUNCIAMIENTO AL RESPECTO, CAUSANDO MÁS PERJUICIOS A ESTA USUARIA, SIN PERJUICIO DE LA RESPONSABILIDAD FUNCIONARIA AL RESPECTO. |