Debido a la nueva ley de SSR, necesitamos inscribir a nombre del SSR el terreno donde se encuentra emplazado el ex Apr.
Dicho terreno actualmente es de la DOH, lo que necesitamos de ustedes es para estar en regla con la nueva ley de SSR es:
Activar un procedimiento que se inicia internamente en la DOH con un informe de la Dirección Regional que indique que el terreno solicitado no influye en la operación del embalse (y no influye). Enseguida, el Director Nacional puede solicitar al señor Subsecretario de Obras Públicas que declare prescindible el terreno, y así se formaliza , el terreno vuelve a manos del Ministerio de Bienes Nacionales, que tiene las facultades legales para acoger la solicitud de nuestro SSR. |