Requiero consultar con el funcionario que se me designe, la situación de derechos concedidos por Resolución DGA por el art. 4° Transitorio, en que el beneficiario falleció sin alcanzar a reducir a escritura pública la resolución.
Se me ha indicado que en algunas regiones esta situación se subsanaría agregando una cláusula a la escritura pública, para efectos de que comparezca la sucesión del beneficiario.
Los casos por los que consulto corresponden a la Región Metropolitana y allí se me ha indicado que ellos llegan hasta la dictación de la Resolución DGA.
De esta manera requiero conocer cómo puedo resolver esta situación, a fin de evitar la caducidad de esos derechos. |