Buenas tardes. En el año 1979, se concedieron mediante Resolución de la Dirección General de Aguas 0,30 acciones (derechos de agua) pertenecientes a una parcela ubicada en la población La Reina, los cuales fueron inscritos correctamente. Posteriormente, en el año 1992, la heredera vendió la propiedad del inmueble, junto los derechos de agua a la Inmobiliaria Cormol.
Sin embargo, al hacerlo, la escritura utilizó ciertos términos nuevos para determinar la cantidad de agua, que provocan problemas desde el punto de vista del registro del Conservador. Así, hasta la fecha, el Conservador de Bienes Raíces de Santiago se ha negado a inscribir los derechos de agua, porque la escritura de compraventa de 1992 usa unidades de cálculo (“80/10 milésimas de toma del río Mapocho”) que no coinciden con lo indicado en la Resolución de 1979 (“0,30 acciones”).
Por ello, me gustaría solicitar la audiencia, para conocer la forma de solucionar esta situación.
Desde ya, muchas gracias. |