ECONSSA es titular de un derecho de aprovechamiento sobre el denominado Sondaje 82 constituido el año 1984, con un caudal de 100 l/s. Dichos derechos fueron constituidos por Resoluciones DGA N° 169 de 1984 y Resolución DGA N°224 de 1999, encontrándose inscrito a fojas 82 vuelta N° 175 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Curicó del año 1993 y a fojas 142 vuelta N° 245 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Curicó del año 1999.
El año 2003 la DGA del Maule otorgó a Central Frutícola Curicó S.A. (Copefrut), un derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas mediante Resolución DGA N° 349, por un caudal de 3,7 l/s, en un pozo que se encontraba dentro del área de protección del Sondaje 82 antes referido, vulnerándose con ello los artículos 22 y 61 del Código de Aguas.
Lo anterior, ha impedido que la DGA autorice a ECONSSA un cambio de punto de captación solicitado en el expediente VPC-0701-35, actualmente en trámite, y pendiente de resolución de un recurso de reconsideración en contra de la Resolución DGA Región del Maule N° 556 de 18 de mayo de 2022, la que denegó la solicitud de cambio de punto de captación, toda vez que se requirió acompañar una autorización notarial de Copefrut. |