Con fecha 29 de mayo de 2019, se presentó en la oficina de partes de la Dirección Regional Metropolitana de Aguas, un recurso de invalidación contra una resolución exenta dictada por ese organismo.
Sin entrar al fondo de la discusión de dicho recurso, debo señalar que se solicitó.-además de la invalidación- la suspensión de los efectos del acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 19.880, ya que los efectos de la resolución cuya suspensión se solicita se traducen en el cobro de una multa a beneficio fiscal por un monto cercano a los 60.000.000 millones de pesos.
Atendido al elevado monto de la multa y que de llegar a hacerse efectiva, mi representada difícilmente podría recuperarse financieramente, es que se solicitó la suspensión mientras se resuelve el fondo del recurso.
Actualmente el recurso se encuentra en la unidad de fiscalización, por lo que el tema a tratar en dicha reunión sería la de explicar la urgencia de que se envíe con la mayor prontitud posible a la unidad jurídica respectiva el recurso ya señalado y que se resuelva la suspensión administrativa, evitando de tal forma los daños que el cumplimiento de la resolución podrían acarrear a Distribuidora de Combustibles Chena. |