Audiencias - Año 2017 - Jaime García - Audiencia AM006AW0333661
Información General
Identificador | AM006AW0333661 |
Fecha | 2017-07-31 10:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Francisco Puelma la atenderá en las dependencias del MOP, División Legal, Of 802. Morandé # 59, Santiago. |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
---|---|---|---|
Jessica Riquelme | Gestor de intereses | Jessica Riquelme |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
La materia a abordar corresponde a la Interposición de un Recurso de Reconsideración por haber sido denegada la solicitud de derecho de aprovechamiento de agua, presentada por Jessica Riquelme Retamal, comuna de Parral, Provincia de Linares, Región del Maule. Esto de acuerdo a la Resolución Exenta N°394 del 25.05.17 en respuesta al Expediente ND-0703-6708. Se expresa la impugnación de la Resolución Exenta D.G.A. Región del Maule N°394 de fecha 25.05.17, según Artículo 136 del Código de Aguas. Una vez visto los considerandos mencionados en la Resolución Exenta D.G.A. Región del Maule N°394 de fecha 25.05.17, lo que conlleva al Resuelvo, en que se deniega la solicitud de aprovechamiento de aguas subterráneas realizado por quien suscribe, expongo lo sgte: Acogiéndome a lo establecido en el artículo 136 del Código de Aguas quisiera impugnar la Resolución Exenta D.G.A. Región del Maule N°394 y mediante el recurso considerar nuevos antecedentes que se aportan es este acto para resolver el expediente de fiscalización según lo siguiente: El artículo 131 inciso segundo del Código de Aguas señala que “Las presentaciones que no correspondan a la Región Metropolitana se publicarán, además en un diario o periódico de la provincia respectiva y si no lo hubiere, en uno de la capital de la región correspondiente”. El considerando número 3 de la Resolución Exenta N°394 indica que: “el solicitante ha publicado el extracto de la solicitud en el Diario La Prensa, dicho Diario tiene circulación regional, que tiene constituida sus oficinas principales en la ciudad de Curicó, en la Provincia de Curicó”. Según lo establecido en el artículo 131 y considerando N°3, debo indicar que yo he publicado el extracto en el diario La Prensa, periódico que circula en las 4 provincias de la Región del Maule, incluida la Provincia de Linares, según consta en el certificado emitido por el Diario y adjunto. Por tanto a mi parecer no he infringiendo en ningún caso el Artículo N°131 del Código de Aguas. Por otra parte quisiera agregar que el diario anteriormente ha realizado publicaciones concernientes a solicitud de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas de la Provincia de Linares (documentos adjuntos), y otras provincias en la Región del Maule, obedeciendo a que dicho diario circula en la provincia de Linares y en la Región del Maule. Por todo lo anterior expuesto, y los antecedentes adjuntos solicito a Usted la inclusión de los antecedentes expuestos para el otorgamiento de derechos de agua subterránea realizado por mí |