Audiencias - Año 2022 - Manuel Alfaro - Audiencia AL007AW1215845
Información General
Identificador | AL007AW1215845 |
Fecha | 2022-10-26 15:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Se enviará link |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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DAVID ROMERO | Gestor de intereses | DAVID IGNACIO ROMERO CARRASCO |
Materias tratadas
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
Especificación materia tratada
Buenas tardes, El siguiente es con la finalidad de apelar, reclamar por el NO pago de IFE LABORAL a nuestro trabajador quien se identifica más abajo, siendo que este cumple con todos los requisitos indicados por la entidad gubernamental y quien cree que nosotros como empresa estamos cometiendo un error ya que el rechazo a su solicitud es únicamente por supuestamente tener una renta bruta mensual superior a 3 ingresos mínimo mensuales, lo cual no es el caso. Nombre postulante: OLAYO ARGUELLES DÍAZ Rut postulante: 22.193.798-8 N° Solicitud: 2244519 Fecha postulación: 25-02-2022 Rut empleador: 76.298.580-2 En una primera instancia se rechaza la solicitud n°2244519 indicando que el único requisito que no se cumple es de renta máxima permitida para el beneficio, cuyo tope es equivalente a 3 ingresos mínimos mensuales para una renta bruta mensual, lo cual es equivalente en la fecha de postulación a $1.050.000.- (I.M.M. $350.000.-), siendo mi renta bruta mensual estipulada en mi contrato de trabajo con fecha de suscripción el día 01 de Febrero del presente año, un monto de $998.542.- el cual se compone de sueldo base por $860.000.- más gratificación legal por $138.542.- según art. 50 del código del trabajo. Dicha renta ha sido cancelada por mi empleador desde el mes de Febrero 2022 y en ningún mes ha superado el tope máximo de 3 ingresos mensuales. El día 20/04/2022 fueron canalizados a la unidad respectiva los antecedentes adjuntados en solicitud SOL-W 4442200, generando apelación número 13141, a la cual no hemos tenido respuesta y hasta la fecha sigue figurando rechazada la solicitud 2244519 de IFE LABORAL . El día 10/08/2022 se realiza reclamo mediante buzón ciudadano con número de solicitud SOL-P 4525939 producto del rechazo de solicitud n°2244519 donde se adjuntaron nuevamente documentos de respaldo acreditando una renta bruta mensual inferior a 3 I.M.M. A lo cual respondieron que la documentación fue canalizada a la unidad respectiva para validación de concesión del beneficio y a partir del día 22/08/2022 podría encontrar el detalle de la apelación en el expediente electrónico, el cual continúa figurando rechazado. El día 25/08/2022 nuevamente se realiza reclamo mediante buzón ciudadano con número de solicitud SOL-P 4573404 producto del rechazo de solicitud n°2244519. A diferencia de reclamos realizados anteriormente, en este se detalló la renta indicada en el contrato de trabajo informado y subido en la solicitud 2244519, donde se aprecia que la renta bruta mensual es inferior a 3 I.M.M. y nuevamente obtenemos como respuesta, que la información proporcionada será canalizada a la unidad correspondiente, sin tener mayor respuestas a reclamos realizados anteriormente y aún siendo rechazado el derecho a este beneficio. El día 22/09/2022 Recibimos correo por parte del señor Francisco Javier Moya Conejeros (Ejecutivo empresas unidad de empleo y capacitación en empresas - Dirección Regional Metropolitana), quien nos indica que el día 26/08/2022 fue respondida nuestra apelación SOL-W 4573404 y que la concesión del beneficio debería ser el día 29/09. Posteriormente al indicar que nuevamente fue rechazada la solicitud al IFE Laboral por el mismo motivo de supuestamente tener una renta bruta imponible superior a 3 ingresos mínimos mensuales, Francisco Moya nos indica realizar una Ley de Lobby. Saludos cordiales. |