Audiencias - Año 2021 - Marcial Fernández - Audiencia AL005AW0990516
Información General
Identificador | AL005AW0990516 |
Fecha | 2021-08-30 11:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Sucursal IPS Chileatiende Valparaíso, Av Brasil 1265, piso 8 |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Oscar Cofré | Gestor de intereses | ABELARDO DEL TRANSITO PIZARRO COFRE |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Rechazo tramite de pensión . años 009,2013 y 2016. con recurso extraordinario de Revisión que fue denegado por incumplimiento al articulo 63 ley 10662. Apelado a la Superintendencia de Pensiones , IPS, mediante oficio responde por ley de transparencia, ratifica incumplimiento en período trienio anterior al 2016 , fecha de la solicitud, es decir 2013,2014 y 2015. Noviembre del 2020, por ley 20370, me entrevisto con Don Marcial Fernández Iglesia y don Francisco Leyton con el certificado de PreviRed, conseguido al contador de la Empresa Pesquera con periodo de imposiciones pagadas el 2014 y que no figuraban en el expediente rechazado . Don Fernando Leyton , Abogado de IPS, indica desconocer el motivo por el que se cometió ese error, pero que era algo que podía regularizarse. Tardaron 2 meses en responder con nueva negativa, señalando, en forma separada, que el periodo faltante se habia agregado, como imposiciones no marítimas sino como obrero del Seguro social. Apele a esta respuesta señalando la improcedencia de esta conclusión, ya que esa imposiciones habían sido recaudadas por la Dirección Nacional del Trabajo , quien investigo la naturaleza marítima, de su trabajo, mediante Fiscalización, entre Noviembre del 2014 y Enero del 2015. al mes después se responde con negativa nuevamente, aduciendo esta vez un cambio en el trienio de calculo. Ya no tomando 2013, 2015 sino 2012,2013 y 2014, haciendo desaparecer de esa manera los 8 meses del 2015. dejando de nuevo sin derecho. El 11 de Junio interpelo de nuevo esa conclusión, señalando la inconsistencia de nuevo de este cambio , adjuntando el oficio de informe por ley de transparencia, a la Superintendencia , en que se señala claramente que el período considerado en la negativa era 2013,2014 y 2015. A la fecha 2 meses después aun no recibo respuesta y no se me ha permitido acudir presencialmente a la Direccion Regional de Valparaiso. |