Carolina Campos - Audiencias
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2024-04-12 10:30:00 | AL003AW1550127 | Lobbista | Héctor Fuentes | Edificio Plaza Constitución | AUDIENCIA: Se presenta don Héctor Fuentes, quien señaló su disconformidad con la resolución de invalidación de oficio N° 1301.8384/2024, de fecha 02.04.2024 mediante la cual se dejó sin efecto la resolución que aceptaba su incorporación a un programa de asistencia al cumplimiento, ya que de acuerdo a nuestras instrucciones ante resoluciones de multas cursadas a propósito de accidente laboral estas se deben mantener. Se explicó nuestras instrucciones para resolver recursos administrativos del Código del Trabajo en la materia y la posibilidad de recurrir a tribunales ante su disconformidad. | Ver detalle |
2024-04-05 15:00:00 | AL003AW1549940 | Gestor de intereses | Marcos Juanillo | Sindicato N°2 de Trabajadores Empresa Servicios Integrados de Salud Ltda. | De acuerdo a correo enviado a su persona. Informamos las medidas que se están tomando al interior de las Empresas Clínica Dávila y Servicios Médicos SpA. RUT: 96.530.470-3 y Servicios Integrados de Salud Ltda. RUT: 79.980.070-5, en relación a la aplicación de la Ley 21.561, que tiene relación con la reducción de la jornada laboral a partir del 26 de abril de 2024. AUDIENCIA: Asistieron las cinco organizaciones sindicales solicitantes, representados por un miembro por cada organización: - Sindicato Empresa Servicios Integrados de Salud, RSU 13.07.1252, señor Ricardo Arévalo Reyes, CI 13460817-k - Sindicato Empresa N°2 Servicios Integrados de Salud, RSU 13.07.1279, señor Marcos Juanillo Maluenda, CI 12481623-8 - Sindicato Técnicos Dávila, RSU 13.07.2248, señor Mauricio Reinoso Ríos, CI 15079938-4 - Sindicato Interempresa Clínica Dávila, RSU 13.07.1092, señor Héctor Rodríguez Corrales, CI 11837441-4 - Sindicato Interempresa Clínica Dávila, RSU 13.07.1092, señora Verónica Cortes Villegas, CI 8763348-9, y - Señora Claudia Barrera Arce, secretaria del Sindicato Empresa N°2, CI 13770587-7 En la reunión se trató en primer lugar la citación por parte de la empresa Clínica Dávila y Servicios Médicos, y Servicios Médicos Integrales con relación a la aplicación de la jornada laboral a contar el 26.04.2024, y manifiestan que tanto la empresa como organizaciones sindicales llegaron a un acuerdo en la implementación de la jornada laboral y su reducción, dándose por cerrado ese tema. Otro punto tratado, fue la interpretación al texto incorporado en el nuevo inciso octavo del art. 38, en lo que respecta a: “se podrán autorizar sistemas excepciones cuyo promedio máximo de horas semanales de trabajo, en el ciclo respectivo, no superen las cuarenta y dos horas promedio semanal… , por acuerdo de las partes, podrán ser compensados en dinero”, consulta que no pudimos resolver, dado que aún estamos a la espera del reglamento que lo regula. En este mismo contexto, se resolvieron dudas en cuanto a temas como “el cambio de turno” y se instruyó respecto de los que podían hacer para que la empresa reconozca ese tiempo dentro de la jornada, explicándoles que no es imputable como jornada extraordinaria, ya que es parte de sus funciones en jornada ordinaria, y que por lo demás para ser considerada extraordinaria debe estar previamente pactada, lo que en la especie no sucede. También, se les explico las alternativas que tienen para renovar las jornadas que vencen ahora en abril, toda vez que en este tema aún quedan temas sin resolver por la ley y estando pendiente el reglamento se les recomendó que lo más razonable era acordar con el empleador solicitar jornadas por un año, a la espera de cómo resuelve este tema la Ley, ello en los casos de puestos de trabajo previamente autorizados y hacer una nueva solicitud por los nuevos, ya que también nos comentaron que la Clínica ha eliminado varios cargos, externalizándolos, en algunos casos produciendo una merma importante en los socios de las organizaciones, lo que también podría ser investigado como práctica antisindical. |
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