Audiencias - Año 2022 - Natalia Pozo - Audiencia AL003AW1126439
Información General
Identificador | AL003AW1126439 |
Fecha | 2022-05-18 10:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | por encargo de Sr. Director del Trabajo su solicitud de audiencia ha sido derivada a la Sra. Natalia Pozo, Jefa del Departamento Jurídico (S) en conjunto con don Sergio Santibáñez, Asesor del Director del Trabajo, quienes la atenderán por videoconferencia |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
---|---|---|---|
Renata Castro | Gestor de intereses | Madres Trabajadoras Organizadas | |
Nickol Ortiz | Gestor de intereses | Nickol Ortiz Riquelme | |
Yaritza Roa | Gestor de intereses | Yaritza Roa |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Participa en la audiencia junto a la Jefa del Dpto. Jurídico (s) las abogadas, Marcela Ovalle Pizarro y Loreto Barrera de la unidad de pronunciamientos; se informó sobre la emisión del dictamen ORD. N°692/14 sobre La extensión del periodo de fuero maternal, contemplada en los artículos 2° bis y 4° inciso final de la Ley N°21.247. Se comprometió dar sociabilización al dictamen y reiterar las instrucciones a las oficinas sobre su cumplimiento. También manifestaron sobre el incumplimiento de la equivalencia en el pago de los bonos compensatorios y se informó sobre las competencias del servicio en esta materia y la exigencia de la sola prescripción médica, sin ser necesario la dictación de un ordinario en particular por cada bono. También señalaron la necesidad de abordar las materias correspondientes al art. 206 bis, en virtud de la Ley 21.342- |