Audiencias - Año 2019 - José Angel Parra Cofré - Audiencia AL003AW0641164

Información General
Identificador AL003AW0641164
Fecha 2019-04-16 16:00:00
Forma Presencial
Lugar Chacabuco N°1005, 2° piso, Concepción
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
saul aqueveque Gestor de intereses Sindicato de Operadores Postales Correos de Chile
Hernan Rodrigo Jara Bustamante Gestor de intereses Sindicato de Operadores Postales correos de chile
Materias tratadas
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones.
Especificación materia tratada
En Concepción, a 16 de Abril de 2019, en dependencias de la Dirección del Trabajo de la Región del Bio Bio, ubicada en Concepción, calle Chacabuco Nº1005, siendo las 16:00 horas, se da inicio a la Audiencia AL003AW641164 solicitada por Don Saúl Aqueveque , quien lo hace en su calidad de dirigente Nacional de la empresa Correos de Chile, lo acompaña don Hernán Rodrigo Jara Bustamante, exdirigente del sindicato de operadores postales de Correos de Chile y trabajador dependiente de dicha empresa en Concepción, audiencia que se realiza en presencia del Director Regional del Trabajo, Subrogante Sr. José Parra Cofré, lo acompaña el Coordinador Inspectivo Sr. Fernando Ortega Salinas, funcionario de la Dirección Regional del Trabajo del Bio Bio. El Sr. Saúl Aqueveque , informa que la idea de la presente audiencia es tratar temas relacionados con la fiscalización realizada en Concepción a la mencionada empresa, en el presente año, por descuentos arbitrarios, presuntamente mal realizados a sus socios y en particular a quien le acompaña. Se solicita detallar los argumentos en que se basan, indicando estos que el Sindicato informa al empleador la nomina de descuentos de sus asociados y que la empresa con ello realiza los descuentos. Con el apoyo del Coordinador Inspectivo se les informa de nuestros procedimientos de fiscalización y que en el caso al empleador le asiste la obligación de practicar los descuentos informados por el sindicato y que si este último informa descuentos erróneos, el socio debe representar ante esta instancia su reclamo, haciendo uso de los mecanismos que tengan definidos en los estatutos, ya que el empleador actúa como mero intermediario y una vez recaudados los descuentos debe entregarlos al sindicato, por lo que con las aclaraciones realizadas los usuarios asistentes quedan conforme con la audiencia y con las materias tratadas, con lo que da término a la audiencia siendo las 16:58 horas.