Representantes del Sindicato de empresas Rendic Hermanos S.A, señalan que la suspensión del inicio de la negociación colectiva, como consecuencia del proceso de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia, les ha provocado inconvenientes desde el punto de vista de la claridad de los plazos del proceso de negociación colectiva. Indican que consecuencia de lo anterior, dieron respuesta extemporánea al requerimiento de servicio mínimo de la empresa y requieren que se considere por este servicio la opinión que ha surgido de parte del sindicato a esta calificación. Por otra parte señalan, que la empresa dice no haber sido notificada de la resolución que califica los servicios mínimos.
La DT solicita a la Jefa del Departamento de Relaciones Laborales, revisar los antecedentes del proceso y definir jurídicamente los plazos para concretar el proceso de negociación colectiva. Punto de contacto será la Jefa del Dpto. de Relaciones Laborales |