Representante de la empresa, plantea su molestia por lo señalado por el fiscalizador (no indica nombre) en proceso de fiscalización realizado a la empresa por orden de Tribunal para efectos de determinar si corresponde incorporarla en la resolución triministerial que establece el art. 362 del Código del Trabajo.
En cuanto se le habría señalado que por llegar 2 horas tarde con la documentación requerida, la cual era abundante, no sería considerada la misma en el proceso administrativo.
Se le señala que si fue así, se dan las disculpas del caso, pero que en ningún caso los documentos acompañados no fueron revisados, para lo cual se le entrega copia de informe y su anexo que contiene análisis de cargos para lo cual se consultó la información proporcionada por la empresaria.
Todos los antecedentes fueron acompañados a la Corte de Apelaciones requirente. |