Audiencias - Año 2023 - Arlette Martinez Ossa - Audiencia AL001AW1359632
Información General
Identificador | AL001AW1359632 |
Fecha | 2023-06-13 16:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Audiencia se realizara vía TEAMS. |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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María Escudero | Gestor de intereses | Fundación Ronda | Fundación Ronda |
Juan Castillo | Gestor de intereses | Fundación Ronda | |
Marcelo Salgado | Gestor de intereses | Fundación Ronda | |
Jeffrey Roach | Gestor de intereses | Fundación Ronda | |
Renata CIRANO | Gestor de intereses | Fundación Ronda | |
Valeria Tobar | Gestor de intereses | Fundación Ronda | |
Carla Espinoza | Gestor de intereses | Fundación Ronda |
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
En el contexto del proceso de consulta ciudadana respecto a las modificaciones propuestas por MINTRAB y SENADIS sobre el Decreto 64, que establece el reglamento de la Ley 21.015 para el sector privado, desde una serie de organizaciones de la sociedad civil se solicita una reunión con la Subsecretaría del Trabajo para plantear sus observaciones. Así, se plantea la necesidad de aclarar y justificar desde SUBTRAB cada modificación propuesta en el documento, para luego pasar a recopilar sugerencias y propuestas levantadas por las organizaciones de la sociedad civil. fue presentando cada modificación al Decreto 64 y su respectiva justificación, a lo que las organizaciones iban agregando sus inquietudes y sugerencias. Las principales problemáticas identificadas se mencionan a continuación. Respecto a las medidas subsidiarias, se plantea la necesidad de definir el monto de donación y subcontratación respecto a la nueva anualidad planteada en la modificación del Decreto N°64, particularmente por la variación del ingreso mínimo en relación al IPC. Por otra parte, las modificaciones respecto a la naturaleza de las funciones como una razón fundada, se plantea que el informe exigido para demostrar que ninguno de los puestos de trabajo puede ser desarrollado por un trabajador/a con discapacidad debe ser incluido en el Tipificador Infraccional de la Dirección del Trabajo. |