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Nombre completo Cargo o función Fecha de incorporación Fecha de término Respaldo jurídico Registros
Juan Mauricio Navarrete Candia Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Ríos 2016-07-22 2016-08-02 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Renato Montecinos L. Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo 2016-07-25 2016-08-01 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Sergio Emiliano Alarcón Aravena Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana 2016-07-06 2016-07-29 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Raul Arellano Blanco Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Maule 2016-06-28 2016-07-27 Subrrogancia
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Jorge Reyes Rioseco Director Regional de Gendarmería de Chile, Región del Maule 2016-02-17 2016-07-27 Ver documento Audiencias Viajes Donativos
Luis González Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Tarapacá 2016-07-11 2016-07-24 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Alejandro Troncoso Chaparro Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de Los Lagos 2016-05-23 2016-07-11 Ver documento Audiencias Viajes Donativos
Antonio Ibarra Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Valparaiso 2016-06-23 2016-06-30 Subrrogancia Director Regional Valparaiso
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Leonardo Barrientos Rebolledo Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins 2016-04-11 2016-06-29 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Raul Arellano Blanco Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Maule 2016-06-02 2016-06-24 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Gonzalo Hermosilla Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Ríos 2016-06-08 2016-06-11 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Pedro Ferrada Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Lagos 2016-06-08 2016-06-10 Subrogancia
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Walter Muñoz Valenzuela Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Atacama 2016-06-08 2016-06-10 Subrrogancia
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Diter Villarroel Montecinos Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Bío Bío 2016-06-08 2016-06-09 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Sergio Emiliano Alarcón Aravena Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana 2016-06-08 2016-06-08 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Sergio Emiliano Alarcón Aravena Director Regional de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana 2016-01-22 2016-06-06 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Eduardo Alejandro Muñoz Bravo Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de Valparaíso 2015-10-05 2016-06-06 Ver documento Audiencias Viajes Donativos
Walter Muñoz Valenzuela Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Atacama 2016-06-02 2016-06-06 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Pablo Roberto Toro Fernández Director Regional de Gendarmería de Chile, Región del Bío Bío 2014-02-05 2016-06-06 Ver documento Audiencias Viajes Donativos
Pedro Paulo Villarroel Camilo Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de Antofagasta 2016-02-08 2016-06-05 Ver documento Audiencias Viajes Donativos
Rosendo Cerda Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Magallanes y la Antártica Chilena 2016-05-23 2016-06-02 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Rosendo Cerda de Chile Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Magallanes y de la Antártica Chilen 2016-05-23 2016-06-01 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Juan Rojas Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana 2016-06-01 2016-06-01 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Oscar Aravena Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Bío Bío 2016-04-01 2016-05-31 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Pedro Ferrada Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Lagos 2016-03-24 2016-05-23 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Alejandro Rodríguez Barrientos Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Arica y Parinacota 2016-05-18 2016-05-23 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Juan Rojas Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana 2016-05-18 2016-05-20 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Juan Rojas Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana 2016-05-11 2016-05-11 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Maurice Daniel Grimalt Catalan Subdirector Operativo (S) de Gendarmeria de Chile 2016-05-02 2016-05-02 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Víctor Manuel Vera Bustos Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana 2016-04-15 2016-04-29 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Renato Montecinos L. Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Aysén 2016-04-12 2016-04-22 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Tito Humberto Barriga Chacón Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Valparaiso 2016-04-21 2016-04-21 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Sebastián Urra Director Regional de Gendarmería de Chile, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins 2015-07-30 2016-04-18 Ver documento Audiencias Viajes Donativos
Rodrigo García Pezo Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Lagos 2016-04-12 2016-04-17 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Rosendo Cerda Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena 2016-04-12 2016-04-16 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Tito Humberto Barriga Chacón Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Valparaiso 2016-04-13 2016-04-15 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Bernardo Contreras Jeria Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de La Araucanía 2016-04-12 2016-04-15 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Rubén Esparza Mora Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Maule 2016-04-13 2016-04-15 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Luis González Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Tarapacá 2016-04-12 2016-04-15 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Luis Muñoz Fuentealba Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Coquimbo 2016-04-12 2016-04-15 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Juan Mauricio Navarrete Candia Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Ríos 2016-04-12 2016-04-15 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Alex Rodrigo Ilufi Ayala Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana 2016-04-13 2016-04-14 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Alejandro Rodríguez Barrientos Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Arica y Parinacota 2016-04-12 2016-04-13 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Víctor Manuel Vera Bustos Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana 2016-03-14 2016-04-12 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Bernardo Contreras Jeria Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de la Araucanía 2016-02-03 2016-04-11 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Luis González Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Tarapacá 2016-03-05 2016-04-11 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Luis Muñoz Fuentealba Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Coquimbo 2016-04-04 2016-04-08 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Alex Rodrigo Ilufi Ayala Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Bío Bío 2016-02-01 2016-04-06 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Maurice Daniel Grimalt Catalan Director Regional de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana 2015-09-30 2016-04-01 Ver documento Audiencias Viajes Donativos
Luis Muñoz Fuentealba Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Coquimbo 2016-03-28 2016-04-01 Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región. Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional. En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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