Audiencias - Año 2022 - Jorge Avilés - Audiencia AJ021AW1102058

Información General
Identificador AJ021AW1102058
Fecha 2022-05-10 12:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Microsoft Teams
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Genevieve Anselme Gestor de intereses Genevieve Anselme
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
El Fiscal de la Superintendencia de Educación Superior, don Francisco Achurra González, la abogada de Fiscalía, doña Daniella Maureira Arrizaga, y las abogadas de Gabinete, doña Trinidad Valdés Alcalde y doña Margarita Krefft Matte, recibieron en audiencia de Lobby a la solicitante, Genevieve Anselme Anselme.

La solicitante expuso su caso ante las autoridades de la Superintendencia, el cual dice relación con distintas presentaciones realizadas a este organismo fiscalizador, en virtud de las cuales expone que la Universidad Autónoma de Chile la habría sancionado injusta y arbitrariamente y, como consecuencia de ese actuar, ella habría reprobado la asignatura “clínica integral del adulto I”, lo que derivó en su eliminación de la carrera de odontología en la sede Temuco. A raíz de la situación expuesta, la denunciante interpuso un recurso de protección en contra de la Universidad, el cual fue acogido por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, ordenando dejar sin efecto la sanción aplicada a la exalumna por el Consejo de Carrera que consistió en la suspensión de cinco sesiones de atención de público, y disponiendo que la investigación de la falta, cuya omisión se imputó a la estudiante, se someta a los reglamentos de la Universidad que rijan sobre la materia.

Por otra parte, Genevieve Anselme alegó una serie de otras irregularidades cometidas por la institución de educación superior en contra suya y de otros alumnos.

Luego de la exposición de la denunciante, el Fiscal tomó la palabra y señaló que cada una de las presentaciones realizadas por Genevieve Anselme han sido analizadas y evaluadas en su mérito por esta Superintendencia. A continuación, y con el ánimo de explicar a la interesada el proceder de este organismo fiscalizador en el marco de sus atribuciones legales, se refirió a la Resolución Exenta N° 193, de 8 de abril de 2021, de la Superintendencia de Educación Superior, que dispone el archivo de la denuncia N° 2020-16355, y que fue debidamente notificada al correo electrónico de la interesada.

En la referida resolución, el Superintendente de Educación Superior resolvió archivar la denuncia N° 2020-16355, en virtud de lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley N° 21.091, sobre Educación Superior, dado que no se observó la existencia de circunstancias que tuvieran mérito suficiente para iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio por parte de esta Superintendencia.

Sin perjuicio de lo mencionado precedentemente, se le hizo presente a la denunciante por parte de las autoridades de esta Superintendencia que, en el evento de que considere que existen nuevos antecedentes que involucren irregularidades por parte de la Universidad Autónoma de Chile, puede realizar una nueva denuncia o reclamo ante la Superintendencia de Educación Superior con la finalidad de que investigue y adopte las medidas que correspondan o de que cite a las partes a una audiencia de mediación.