En calidad de persona natural expone de forma verbal reclamo con respecto al nuevo proceso de licitación, al haberse excluida de forma arbitraria la posibilidad de continuar como manipuladora de alimentos, contando con las competencias necesarias y requeridas. Se le informa que el vinculo jurídico entre la empresa proveedora de alimentación y sus trabajadores es distinta a la que tiene Junaeb con el primero, en consecuencia, Junaeb carece de facultades para imponer a la empresa prestadora de alimentación los requisitos que los trabajadores deben cumplir para prestar servicios a la empresa. |