Las consultas realizadas por parte de una de las socias, como del administrador del Colegio María Goretti de Rancagua, estaban referidas a si se les entregaría o no subvención para el año 2019, si se aprobaría o no su transferencia de la calidad de sostenedor, como además, solicitar la devolución del monto retenido de subvención del año 2017, por concepto de no pago de cotizaciones previsionales, las que fueron pagadas en el año 2018, por el administrador, además, de requerir el pago de los bonos de sus docentes. La Autoridad Regional, le indicó al administrador que debe solicitar que se le reconozca la calidad de Representante Legal para actuar ante esta Secretaría, y que es en atención a su incumplimiento es que no se han podido pagar los bonos, ya que al encontrarse primeramente retenidas las subvenciones mediante la Rex. N°160, de 2018 y posteriormente declaradas prescritas, mediante la Rex. N°3783, de la misma anualidad, ambas del Subsecretario de Educación, se hace imposible el pago de los bonos a los profesores, toda vez que, la cuenta del sostenedor se encuentra bloqueada, y que desde esta Secretaría se han realizado todas las gestiones pertinentes para dar curso a lo solicitado en lo que se refiere a los bonos. Ahora bien, en lo que respecta a la transferencia de la calidad de sostenedor, ello es básicamente un trámite cuya respuesta depende del cumplimiento o incumplimiento de los requisitos de la solicitante, por lo que no es posible entregar respuesta en uno u otro sentido. Sobre el tema de la existencia de un oficio pendiente desde el Nivel Central, se le indicó que se le solicitará respuesta a la brevedad, por tanto se está gestionando desde ya, la obtención de la misma, por parte de la Unidad Jurídica. |