Asisten a la audiencia los solicitantes, quienes son padres de 2 niños con Trastorno del espectro autista. La inquietud es referente a sistema de resguardo de cuidados para sus hijos considerando rol laboral de los padres. Se les explica que el permiso laboral, que refiere la Ley 21545 se relaciona a situaciones de emergencia del niño, niña y/o adolescente con diagnóstico TEA, lo cual no constituye bajo ninguna perspectiva una vía excepcional de permiso extendido para el cuidados hacia esta población Se les comenta que si existió durante el periodo de Pandemia una excepcionalidad bajo la Ley 21.247 que establecía beneficios a los padres o madres que estén haciendo uso del permiso postnatal parental o que tengan el cuidado personal de niños o niñas nacidos a contar del año 2013 pero dicha medida fue excepcional por tema de emergencia sanitaria.
La preocupación radica en que la Sra. Ninoska se encuentra en evaluación de ausentismo prolongado por licencias médicas lo cual constituye causal de desvinculación, me comenta que dichas licencias fueron por salud mental durante la pandemia, y que por desconocimiento no realizó la solicitud por ley 21.247. Ante ese escenario se le refuerza lo ya explicado.
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