Audiencias - Año 2024 - Elías Gutiérrez
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2024-10-30 12:00:00 | AH013AW1685796 | Gestor de intereses | Liliana Toledo | José Alfredo Rojas García | Se expone por parte del liquidador su preocupación por los temas regulatorios a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero, que impiden la apertura de una cuenta corriente para la liquidación, entendiendo que el deudor Alberto Chang Rajii se encuentra declarado como persona natural y a que existen fondos disponibles para ser transferidos desde Suiza a Chile. Solicita la posibilidad de una asistencia conjunta entre representantes de la Superintendencia de Insolvencia y su equipo ante la Comisión para el Mercado Financiero a lo que se indica que no se accederá a ello por lo que se niega esa solicitud. Sin perjuicio de las gestiones que institucionalmente pueda hacer la Superintendencia como órgano de la Administración del Estado para avanzar en la problemática de la falta de apertura de cuentas corrientes para deudores en liquidación declarados como persona natural, cuestión que sucede en todas las liquidaciones con estas características, reconociendo la negativa a la apertura de este tipo de cuentas por parte de las instituciones bancarias, lo que ha traído la imposibilidad de cumplir a los liquidadores con las exigencias del artículo 36 N.° 9 de la Ley N.° 20.720. Asimismo, el liquidador se compromete a remitir a la Superintendencia listado de procedimientos concursales en que se ha denegado apertura de cuenta corriente a empresas deudoras y/o que la apertura de las mismas ha sido en tiempos superiores a los 5 meses de demora, retrasando, por ejemplo, la conclusión de procedimientos simplificados de empresas deudoras. Por último, sin perjuicio de la denegación de la Superintendencia a asistir en conjunto a la CMF para este procedimiento concursal, se hace presente al liquidador que mediante Oficio Superir N.° 15209 de 25 de septiembre de 2024 relacionado con el procedimiento CHANG RAJII se informó las razones legales y administrativas por las cuales la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento se encuentra imposibilitada de autorizar y/o a aceptar que los fondos provenientes de Suiza sean depositados en una cuenta corriente particular y habilitada para el solo efecto de ser utilizada en el presente procedimiento concursal. Por último, se hace presente que mediante Oficio Superir N.° 18260 de 10 de octubre de 2024 a través de “DocDigital” se derivaron los antecedentes relacionados a la imposibilidad de apertura de cuenta corriente a la Comisión para el Mercado Financiero, en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 14 de la Ley N.° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. |
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Gestor de intereses | José Rojas | Alberto Samuel Chang Rajii | ||||
Sujeto Pasivo | Carolina Baquedano | |||||
Sujeto Pasivo | Daniela Toro | |||||
2024-06-13 15:00:00 | AH013AW1601047 | Gestor de intereses | Sebastián Muñoz | Cecilia Alejandra Saez Flores | Procedimiento concursal rol C-2380-2019 del Tercer Juzgado de Letras de Talca. De lo anterior, observó el solicitante que, el liquidador suplente, señor Patricio Martínez Díaz, no habría asumido el cargo en calidad de liquidador titular, pese a las instrucciones informadas por esta Superintendencia y a reiterados intentos de contacto de forma particular con el mismo. Se informa al solicitante que el procedimiento está siendo fiscalizado por la Superintendencia, habiéndose emitido instrucciones al liquidador, señor Patricio Martínez Díaz a fin de que asuma en calidad de liquidador titular y, ante la falta de respuesta y cumplimiento, el 12 de junio de 2024, se requirió al tribunal respectivo ordenara a don Patricio Martínez días asumir el cargo en calidad de liquidador titular a efectos de dar curso progresivo al procedimiento bajo el apercibimiento contemplado en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, esto es, multa de hasta una unidad tributaria mensual, encontrándose pendiente de resolución. Se sugiere esperar la resolución del tribunal y en caso de negativa por parte del liquidador a asumir el cargo en el procedimiento, se presentará un escrito judicial requiriendo al tribunal citación a junta extraordinaria de acreedores con el fin de que se designe un nuevo liquidador titular y uno suplente de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N.° 20.720. Se agrega que, sin perjuicio de ello, la Superintendencia fiscalizará las actuaciones de los sujetos fiscalizados intervinientes para determinar eventuales responsabilidades comprometidas, como lo hace regularmente. Finalmente, informa que la Superintendencia se encuentra desarrollando un programa de trabajo respecto de liquidadores que cesaron anticipadamente en el cargo y que tenían procedimientos vigentes bajo a su administración, el que contempla diversas acciones a efectos de dar curso progresivo a los procedimientos, siendo este procedimiento uno de los contemplados en el programa. El solicitante señaló que formulará un ingreso con diversos procedimientos administrados por el liquidador Patricio Martínez que se encuentran sin movimientos y sin respuesta por parte de éste. Se deja constancia que participó en esta audiencia la abogada de la Unidad de Cumplimiento, doña Nicole Gortari Urrutia. |
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Gestor de intereses | Felipe Rojas | Cecilia Alejandra Saez Flores | ||||
2024-04-22 15:00:00 | AH013AW1562684 | Gestor de intereses | Liliana Toledo | Alberto Chang Rajii | Las materias abordadas dicen relación con la Cuenta Final de Administración del ex liquidador titular, señor Carlos Parada Abate, pendiente de ser acompañada en el expediente del procedimiento ALBERTO SAMUEL CHANG RAJII, habiendo transcurrido el plazo legal para ello, plazo que se encuentra vencido. De lo anterior, observó el liquidador titular que, se encontraría pendiente también la entrega de fondos, y pidió a esta Superintendencia, intermediar en la apertura de cuenta corriente del procedimiento, para efectos de evitar la demora en ello, todo lo anterior con sujeción al artículo 17 del Instructivo SIR N.º 2 de 6 de octubre de 2015. Se efectuará las gestiones en virtud del convenio de colaboración suscrito por la Superintendencia y el Banco del Estado de Chile Se expuso que el ex liquidador titular solicitó mayor plazo para presentar la cuenta final, habiendo incumplido los plazos legales y judiciales establecidos para ello. La Superintendencia informa la presentación al tribunal del procedimiento, efectuada el 22 de abril de 2024, en el que se requirió el apercibimiento legal contra el ex liquidador, establecida en el inciso final del artículo 24 de la Ley por la falta de rendición de cuenta final, plazos que se encuentran vencidos. La presentación consta en el expediente judicial virtual que tiene el carácter de público. La Superintendencia informa que al igual que en todos los procedimientos concursales en que se revisa y fiscaliza las actuaciones de liquidadores y veedores, con ocasión de Planes de Fiscalización aprobados, siempre se analiza el aspecto concursal, responsabilidad civil y responsabilidades penales. Finalmente, liquidador titular consultó sobre pronunciamiento relativo al protocolo de colaboración entre procedimiento Chang y Onix, observando que en este último procedimiento existirían los mismos acreedores que en el procedimiento que administra, con la excepción del acreedor TGR, por lo que solicitó prioridad en la respuesta, considerando los efectos que se podrían producir en ambos procedimientos. La Superintendencia revisará la solicitud de pronunciamiento y evacuará su respuesta. Asisten también a la presente audiencia don Ramón Aranda Arce, Encargado de la Unidad de Fiscalización Contable Masiva y don Sebastián Urquieta Suárez, Encargado de Unidad Legal y Normativa, ambos de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. |
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Gestor de intereses | José Rojas | Alberto Chang Rajii | ||||
Sujeto Pasivo | Sebastián Suárez | |||||
2024-01-08 15:00:00 | AH013AW1481493 | Gestor de intereses | Sergio Zamudio | Carlos Patricio Martínez Vergara | Administración del concurso por parte del liquidador, señor Javier Guinguis Charney en causa rol C- 7351-2020 del 12° Juzgado Civil de Santiago. Requirente informa sobre denuncia interpuesta contra el deudor, la que habría sido desestimada. Informa que liquidador efectúa presentaciones posteriores a resolución de aprobación de cuenta final. De igual forma, indica que tribunal acogió recurso de reposición que deja sin efecto apercibimiento al deudor (liquidaciones de sueldo, artículo 276) y que ordena proseguir de conformidad a los artículos 254 y siguientes. De la revisión del expediente, del Boletín Concursal y conforme al fallo al recurso de reposición, se advierte que la resolución que aprueba la cuenta final no ha sido publicada en el Boletín Concursal, se compromete instrucción al fiscalizado por parte del Subdepartamento de Fiscalización de Procesos Selectivos y evaluación de los antecedentes para inicio de un proceso administrativo sancionador. | Ver detalle |