Liquidadora hace presente que en mayo de 2022 fue incluida en la Nómina de Liquidadores y pide directrices sobre como actuar. Se da la bienvenida a la nómina y se indica que su labor debe ser con estricto apego tanto a las normas de la Ley N.° 20.720 como a las normas administrativas dictadas por la Superintendencia. Se hace presente que los procedimientos concursales no se deben extender en un extenso periodo que afecte la libre administración de quienes tienen la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación.
Liquidadora consulta sobre posibilidad de participar en otros procedimientos concursales a su cargo, al respecto se indica que existe prohibición expresa en el artículo 44 de la Ley, salvo las excepciones allí contenidas. Sobre lo mismo, se indica que la posibilidad de actuar en otro procedimiento será mediante una delegación de facultades que un liquidador titular haga respecto de uno o más procedimientos.
Asistió también a esta audiencia de Lobby, el señor Sebastián Suárez Urquieta, Abogado de la Unidad Legal y Tramitación Judicial de la Superintendencia. |