Necesitamos revisara dos puntos en la reunión:
1. Revisar lo indicado en la Resolución Exenta N°3445, de 23 de mayo de 2024, de la Subsecretaría para las Fuerzas Aramadas respecto del centro Código 110728 (Level 1). En particular, su resuelvo N°7, que indica que se debe poner en conocimiento de Sernapesca que el centro de cultivo no se encuentra en causal de caducidad, sin perjuicio de lo cual la concesión debió reiniciar operaciones en mayo de 2023. Al respecto, nos gustaría poder reunirnos con los equipos pertinentes de Sernapesca, puesto que el centro tuvo operación efectiva los meses de octubre a diciembre de 2021 y a partir de marzo de 2024, por lo que no entendemos por qué SSFFAA afirma que debió operar en mayo de 2023.
2. entender por qué el Centro Código 110410 ha sido incluido en el Ord. 2425/2024 del pasado mes de junio, en que se da cuenta de los centros que estarían en causal de caducidad. |