Reitera Solicitud de Audiencia Lobby AF001AW930919, anteriormente ante Segpres, hoy ante la Presidencia de la República. Lo anterior, para efectos de para compartir la ideación de una reforma al art 60 inciso primero parte final de la Ley 18.700, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS, que señala: …"Estos delegados podrán hacerse asesorar por el personal necesario para el funcionamiento de la oficina, con cargo al Servicio Electoral y de acuerdo con las instrucciones que el Servicio imparta. Este personal percibirá un bono diario equivalente a media unidad de fomento", que actualmente importan un monto de $16.068 por una jornada que según el mismo artículo se extiende: Dia viernes del fin de semana del sufragio, al menos 4 horas en el local de votación; Dia sábado, de las 9.00 horas a las 18.00 horas, equivalente a 9 horas; Día del sufragio, desde las 7.00 horas hasta finalizar el proceso, que en la práctica se extiende hasta superadas las 2.00 horas de la madrugada, equivalentes a 19 horas de jornada efectiva. Referente a esta última jornada dominical, quisiera señalar que ni la ley, ni la junta electoral, ni autoridades nacionales, regionales ni municipales, ponen a disposición de quienes cumplen rol electoral de medios de transporte conforme a los principios que rigen el derecho laboral, pues aun cuando esta actividad no se encuadra dentro dicha rama del derecho, consideramos que el fundamento y bienes jurídicos deben entenderse integrados al derecho en general, sea mediante la reforma de cuerpos legales , o en su defecto mediante la equidad y el criterio prudencial de nuestras autoridades.
En este mismo punto, quisiera señalar la necesidad reconocer a todos quienes cumplen rol electoral ( delegados, asesores, militares, carabineros, PESE, digitador) su derecho a ejercer el sufragio en la forma más expedita posible, pues según mi experiencia como delegada electoral desde el 2016 al día de hoy, más las compartidas por mis compañeros y compañeras se conculca nuestro ejercicio, ideando incluso la posibilidad de recurrir de protección en contra de quienes limiten con omisión dicho derecho. |