Materia tratada:
• Recurso de reposición administrativa regulado en el art. 121 de la Ordenanza de aduanas.
• El Gestor de intereses Javier Uribe expone los antecedentes y fundamentos del recurso presentado, en relación a veinticinco denuncias emitidas por el servicio, ante una fiscalización a posteriori de la cual derivan las denuncias por un error en la clasificación arancelaria, indicando que las denuncias emitidas presentan vicios de forma y de fondo.
Ante lo expuesto, el Director Regional Sergio Toro-Moreno Gutiérrez comenta que la audiencia realizada no tiene carácter resolutivo, y que por otra parte el recurso interpuesto consta con un número de registro (N°485/05.03.2024), siendo su requerimiento actualmente analizado por la unidad técnica del servicio y del cual se dará la debida respuesta, en los plazos y términos establecidos. |