Audiencias - Año 2023 - Rodrigo Díaz - Audiencia AE007AW1259287
Información General
Identificador | AE007AW1259287 |
Fecha | 2023-01-05 12:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | TEAMS |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Eduardo Ruiz-tagle | Gestor de intereses | REPRESENTACIONES SANCAS JAIME SANCHEZ EIRL | |
Javier Uribe | Gestor de intereses | Liebherr Chile Spa | REPRESENTACIONES SANCAS JAIME SANCHEZ |
VANESSA CAROLINA VARGAS PINTO | Gestor de intereses | REPRESENTACIONES SANCAS JAIME SANCHEZ E.I.R.L. |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
1. Pronunciarse derechamente sobre la solicitud de recalificación jurídica presentada el día 28 de octubre pasado, ya que a la fecha no ha existido un pronunciamiento concreto, a través de la dictación de un acto administrativo, en los términos que lo exige la ley 19.880, en especial, en lo relativo al principio conclusivo (acto decisorio) establecido en el artículo 8, el cual obliga a la Administración a pronunciarse sobre la cuestión de fondo, debiendo expresar su voluntad; ello, unido al principio de Transparencia y Publicidad que también obliga a la Administración dar a conocer los contenidos y fundamentos de las decisiones que adopte, lo que no se cumplido en la especie. A lo anterior, se suma el principio de inexcusabilidad consagrado en el artículo 14 de la referida ley. Sólo conociendo los fundamentos se permitirá construir un recurso administrativo destinado a impugnar de manera fundada la decisión que se adopte sobre el particular. 2. Según información recibida el día de hoy por la agente de aduanas Vanessa Vargas, quien fue a revisar y contabilizar los celulares en esta misma fecha en presencia de funcionarios aduaneros, hemos tomado conocimiento que este ejercicio de conteo ha arrojado como resultado la existencia de una cantidad menor a la que había en el último recuento, esta vez, 868 celulares. De ser así, la situación se agrava aún más, porque significa que el almacenista no estaría cumpliendo con su obligación de resguardo. Y, lo que es más importante, se confirma que al interior del recinto de depósito aduanero se "pierden" los celulares. **************************MATERIAS EFECTIVAMENTE TRATADAS EN AUDIENCIA***************************************** El Abogado representante de la empresa realiza presentación e Indica que, analizados los antecedentes, según ellos no hay duda de la salida de los celulares de desde su proveedor, que luego llegaron 100 menos, luego en la bodega de exportaciones se perdieron 15 celulares y luego en le visita del Agente de Aduana se habían perdido otros 18. De este modo insisten en la entrega y una recalificación del delito e indica que harán una denuncia por el delito de hurto. Se informa que se va a dejar que el Ministerio Publico investigue y que administrativamente estamos evaluando las medidas contra el almacén. |