Habiendo resultado infructuosas las gestiones tendientes a obtener mayo información respecto a la suerte de la especie incautada, es que vengo en solicitar audiencia con la finalidad de poder obtener mayores antecedentes, respecto de la destrucción de la misma, consistente en automóvil marca Acura, modelo NSX, color rojo, Vin: JH4NA1260MT800181, PPU. GPGP-84, año 1.990,.
Lo anterior consta en el considerando 8 de la resolución exenta N° 386 de este Director Nacional de Aduanas.
ACTA:
En la citada Audiencia los señores Carlos Castro y Luis Muñoz, argumenta la necesidad de conocer mayor información sobre el caso de su representado, respecto a lo establecido en Resol 386 del Sr Director Nacional, que se refiere a la incautación del vehículo marca Acura, modelo NSX, de color rojo, PPU. GPGP-84, del año 1.990, con ocasión de procedimiento penal tramitado ante el Juzgado de Garantía de Iquique y respecto del cual se decretó sobreseimiento definitivo respecto de nuestro representado don Samuel Pérez, lo anterior como consecuencia de un acuerdo reparatorio, por el cual se pagó al Servicio de Aduana la suma total de $11.324.422, requiriéndose además en dicha instancia, y en atención a lo ya señalado, la restitución del automóvil .- |